El Impuesto de Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMH), el famoso “céntimo sanitario” es contrario a la normativa europea y, por tanto, ilegal. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) con sede en Luxemburgo, en una sentencia clara, bien argumentada y que supone un duro varapalo para el Estado español, quien tendrá que devolver los 13.000 millones de euros –según sus propios datos- cobrados de forma indebida. La cifra es el resultado del rendimiento que produjo el impuesto entre los años 2002 y 2012, ya que a partir de enero de 2013 se “retocó” hábilmente y se integró en el Impuesto General de Hidrocarburos, previendo quizá una respuesta de Luxemburgo contraria a sus intereses.
La CETM ha emitido un comunicado en que informa que está a la espera de lo que la Agencia Tributaria resuelva para aceptar en vía administrativa las solicitudes de devolución, en qué condiciones y respecto a qué periodo, antes de adoptar una decisión.
La sentencia que declara ilegal el céntimo sanitario que las comunidades autónomas han cobrado a los consumidores de carburante deja la puerta abierta a que todo el que pueda demostrar que se le ha cobrado, pueda reclamarlo. Así comenzó el proceso.
El Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburnos es contrario al Derecho de la Unión. Así declara la sentencia de la reclamación puesta por Transportes Jordi Besora sobre el céntimo sanitario, empresa de transporte que reclama casi 46.000 pagados entre 2005 y 2008, sólo por este concepto.
Hace un año comencé esta andadura haciendo artículos de opinión sobre las cosas que acontecen en este mundo nuestro del transporte y la logística. El primero de la serie lo titulé: "Con la que está cayendo nos merecemos una sonrisa", donde conté anécdotas graciosas ocurridas en el transporte. Uno no sabía cómo consolar y levantar el ánimo ante tanta penuria económica y desánimo provocado por la prolongada crisis. Al mes siguiente decidí afrontar la realidad y dar mi opinión de los acontecimientos y escribí: "El cuarto rugiente (la galerna)", donde enumeré las espadas de Damocles que pendían sobre las cabezas de los empresarios del sector: la bajada de la actividad, el precio de los carburantes, la falta de crédito, los impuestos, más las amenazas en el horizonte, como la euroviñeta, las 44 toneladas, los megatraylers, los peajes, el céntimos sanitario, las cooperativas y las restricciones al tráfico.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Fomento, el Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías por carretera en España. De esta manera, se desarrollan normas internas para regular aspectos que, o no se contemplan en el ADR o se deja libertad a los Estados para su desarrollo.
El ministro de Transportes francés, Frédéric Cuvillier, ha firmado una orden ministerial con los ministerios del Interior, Economía y Trabajo de su gabiente para reforzar los controles relativos al transporte por carretera en su territorio, lo que ya ha sido comunicado a todos los prefectos franceses.
Desde el 1 de febrero, Cataluña está devolviendo el importe del céntimo sanitario a todos lo transportistas inscritos en el censo del gasóleo profesional, no sólo a los de su su territorio, como ocurría hasta ahora.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución del 24 de enero de 2014, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante este año. La entrada en vigor de dichas restricciones está prevista para el 12 de febrero de 2014.
Las empresas de transporte gallegas están en pie de guerra por culpa de la norma regional que obliga a pagar el gasóleo mediante tarjeta: sólo así podrán ver reducida su contribución al céntimo sanitario. La presidenta de TRADIME, la asociación de Lugo, nos cuenta los pormenores.
Ya está publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/2206/2013 de 26 de noviembre, por la que se desarrolla para el año fiscal el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Las Haciendas Forales vascas han aprobado la supresión de los módulos para 2014 para los trabajadores autónomos de esta comunidad autónoma. Se calcula que la medida puede afectar a 4.300 profesionales del transporte por carretera, que suponen el 70% de las empresas de transporte vascas.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Servicio Vasco de la Competencia contra una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que anuló la sanción de 250.000 euros impuesta a la Asociación Empresarial de Transportes de Vizcaya (ASETRAVI), "por dirigir a sus asociados dos recomendaciones colectivas de aumento de precios".
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña ha publicado la Resolución INT/2455/2013 por la que se modifican parcialmente las restricciones a la circulación del presente año 2013 en Cataluña.
El Gobierno español ha decidido trasponer la Directiva 2011/76/UE, que regula el funcionamiento de la Euroviñeta. No obstante, la legislación estatal no contempla ningún tipo de peaje o tasa por uso en la red de carreteras del Estado diferente al peaje establecido mediante concesión y asociado a los costes de la infraestructuras.
De todos es conocido este eslogan que llevó a las guerras y en las que por él murieron, por intereses inconfesables, muchos hombres inocentes. Valga el símil para detectar intereses que si bien no son trágicos si producen efectos nocivos en la actividad del transporte y su economía.
Ante la preocupación sobre los movimientos que, en materia de masas y dimensiones, se están dando en otros países de la Unión Europea y en Cataluña, y sobre los rumores que circulan sobre una posible propuesta de modificación de su regulación en España, el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) ha asegurado que "es un tema que se debe abordar con la prudencia y reflexión necesaria y, en cualquier caso, con un análisis previo en profundidad de la realidad presente y futura, para que no produzcan distorsiones en el mercado. Asimismo, se debe impulsar una armonización europea que evite la ruptura de mercado en el transporte internacional".
Tasa Anual Equivalente (más conocida como TAE) es un término financiero que se emplea en los préstamos bancarios para aplicar un interés a los créditos que piden empresas y particulares. Se trata de un porcentaje, que es el resultado de una fórmula matemática que incluye el tipo de interés nominal, las comisiones y el plazo de la operación. Se utiliza tanto en los préstamos personales como en los hipotecarios. En el caso de los productos ahorro (depósitos a plazo fijo), el TAE recoge las liquidaciones de pago. En concreto, es la tasa que produce el dinero en juego.
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