La sentencia que declara ilegal el céntimo sanitario que las comunidades autónomas han cobrado a los consumidores de carburante deja la puerta abierta a que todo el que pueda demostrar que se le ha cobrado, pueda reclamarlo. Así comenzó el proceso.
Hace un año comencé esta andadura haciendo artículos de opinión sobre las cosas que acontecen en este mundo nuestro del transporte y la logística. El primero de la serie lo titulé: "Con la que está cayendo nos merecemos una sonrisa", donde conté anécdotas graciosas ocurridas en el transporte. Uno no sabía cómo consolar y levantar el ánimo ante tanta penuria económica y desánimo provocado por la prolongada crisis. Al mes siguiente decidí afrontar la realidad y dar mi opinión de los acontecimientos y escribí: "El cuarto rugiente (la galerna)", donde enumeré las espadas de Damocles que pendían sobre las cabezas de los empresarios del sector: la bajada de la actividad, el precio de los carburantes, la falta de crédito, los impuestos, más las amenazas en el horizonte, como la euroviñeta, las 44 toneladas, los megatraylers, los peajes, el céntimos sanitario, las cooperativas y las restricciones al tráfico.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Fomento, el Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías por carretera en España. De esta manera, se desarrollan normas internas para regular aspectos que, o no se contemplan en el ADR o se deja libertad a los Estados para su desarrollo.
El ministro de Transportes francés, Frédéric Cuvillier, ha firmado una orden ministerial con los ministerios del Interior, Economía y Trabajo de su gabiente para reforzar los controles relativos al transporte por carretera en su territorio, lo que ya ha sido comunicado a todos los prefectos franceses.
Desde el 1 de febrero, Cataluña está devolviendo el importe del céntimo sanitario a todos lo transportistas inscritos en el censo del gasóleo profesional, no sólo a los de su su territorio, como ocurría hasta ahora.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución del 24 de enero de 2014, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante este año. La entrada en vigor de dichas restricciones está prevista para el 12 de febrero de 2014.
Más que una “encuesta” al uso, hemos realizado un “sondeo de opinión” entre los máximos representantes de nuestras asociaciones nacionales (de “especialidades”) y territoriales (autonómicas). Queríamos tomar el “pulso al sector”, a través de una veintena de cualificados empresarios, buenos conocedores de la problemática de sus respectivos subsectores de transporte y de la particular idiosincrasia de las zonas geográficas en las que desarrollan su actividad.
Una parte de los activos de General Electric (GE), antes propietaria de Tip Trailers, ha sido vendida a la multinacional china HNA, una perfecta desconocida en nuestro país que, sin embargo, es un gigante industrial del transporte y la logística en el que ahora se encuadra una compañía como Tip Trailers que funcionará de manera independiente, como asegura el director de Ventas para Iberia, Gonzalo Elósegui, quien nos desvela sus nuevas actividades.
Las declaraciones efectuadas por el señor Ferre Moltó, presidente de ADIF, el pasado 20 de noviembre, durante la celebración del salón BCNRail, organizado en la Fira de Barcelona, reclamando un aumento de fiscalidad para el transporte de mercancías por carretera como modo de promocionar el uso del ferrocarril (o sea, volver al canon de coincidencia), provocaron respuestas inmediatas por parte de los dirigentes de las distintas patronales del transporte manifestando su rechazo e inoportunidad.
Ya está publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/2206/2013 de 26 de noviembre, por la que se desarrolla para el año fiscal el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Las Haciendas Forales vascas han aprobado la supresión de los módulos para 2014 para los trabajadores autónomos de esta comunidad autónoma. Se calcula que la medida puede afectar a 4.300 profesionales del transporte por carretera, que suponen el 70% de las empresas de transporte vascas.
José María Quijano Riestra analiza de forma pormenorizada la actividad que, en materia de regulación relacionada con el transporte de mercancías por carretera, ha llevado a cabo la Comisión Europea, entre 2012 y 2013.
Vaya por delante que no estamos satisfechos, en términos generales, con el balance de este año que, felizmente, fenece. Muchos pelos se ha dejado el “gato” del transporte en una gatera en la que ha tenido que enfrentarse a felinos más poderosos y taimados.
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña ha publicado la Resolución INT/2455/2013 por la que se modifican parcialmente las restricciones a la circulación del presente año 2013 en Cataluña.
El Gobierno español ha decidido trasponer la Directiva 2011/76/UE, que regula el funcionamiento de la Euroviñeta. No obstante, la legislación estatal no contempla ningún tipo de peaje o tasa por uso en la red de carreteras del Estado diferente al peaje establecido mediante concesión y asociado a los costes de la infraestructuras.
De todos es conocido este eslogan que llevó a las guerras y en las que por él murieron, por intereses inconfesables, muchos hombres inocentes. Valga el símil para detectar intereses que si bien no son trágicos si producen efectos nocivos en la actividad del transporte y su economía.
Ha sido sorprendente el cambio radical de opinión que ha sufrido la Dirección General de Tráfico, tras el período estival, respecto a la implantación en España, de manera general, del transporte de mercancías por carretera con 44 toneladas de masa máxima autorizada, en lugar de las 40 actuales. Absolutamente contraria a la experiencia llevada a cabo en Cataluña, ahora parece compartir y defender su implantación.
Ante la preocupación sobre los movimientos que, en materia de masas y dimensiones, se están dando en otros países de la Unión Europea y en Cataluña, y sobre los rumores que circulan sobre una posible propuesta de modificación de su regulación en España, el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) ha asegurado que "es un tema que se debe abordar con la prudencia y reflexión necesaria y, en cualquier caso, con un análisis previo en profundidad de la realidad presente y futura, para que no produzcan distorsiones en el mercado. Asimismo, se debe impulsar una armonización europea que evite la ruptura de mercado en el transporte internacional".
29 May 2024 58362 LEGISLACIÓN Raquel Arias
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