El Boletín Oficial del Estado del 28 de diciembre de 2019 se ha publicado la resolución de 20 de la Dirección de Tráfico del País Vasco por la que se publican las medidas especiales de regulación del tráfico en esta comunidad autónoma para el año 2019, tanto para los vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas como el de mercancías peligrosas y los transportes especiales.
Como todos los principios de año, echamos la vista atrás y repasamos lo más destacado del año 2019. Han sido muchas las noticias publicadas, pero pocas las seleccionadas para dar una idea de lo que el pasado año dio de sí. A continuación, detallamos los hechos más noticiosos del año que acabamos de dejar.
La Federación Regional de Organizaciones y Empresas de Transporte de Murcia recuerda a los transportistas que, desde el 1 de enero de 2020, deben renovar las tarjetas de transporte de mercancías con las nuevas condiciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
El bufete CCS Abogados, en el que la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) depositó su confianza para defender los intereses de los asociados contra el cártel de fabricantes de camiones, ha conseguido la primera sentencia que se dicta en España -y también en Europa- en la cual un juzgado estima íntegramente la demanda presentada y da validez al informe pericial aportado a fin de cuantificar el sobrecoste causado por el cártel.
El Ministerio de Hacienda ha aprobado la orden ministerial por la que se desarrollan para 2020 el métido de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, el IVA, para los trabajadores por cuenta propia.
Entre las novedades que ha introducido la reforma del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), que entró en vigor en febrero de 2019, cabe destacar la nueva regulación establecida con relación a la figura del gestor de transporte, que es la persona capacitada para llevar una empresa transportista.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tal y como hizo el Tribunal Supremo el mes de julio, considera, en sentencia estimatoria a la demanda interpuesta por el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), que no se justifica prohibir a los camiones de cuatro ejes o más circular por la N-232 y N-124 de la Comunidad Autónoma de La Rioja y obligarles a circular por la autopista de peaje AP-68.
El ministro de Fomento en funciones, José Luis Ábalos, ha inaugurado la jornada sobre "Estrategia de Movilidad y Clima" dentro de la Cumbre del Clima COP25, celebrada en Madrid. En su intervención, ha destacado que la emergencia climática "es un asunto de Estado y desde el Gobierno de España ya trabajamos en una estrategia de movilidad sostenible y conectada".
El Ministerio de Fomento ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la resolución por la que se excluye de manera temporal el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en los transportes y mercancías y viajeros por carretera a las operaciones que hayan tenido lugar en Cataluña los días 11, 12 y 13 de noviembre, y en Guipúzcoa, sentido Francia, el 12 de noviembre.
El Ministerio de Fomento ha publicado en el BOE la Resolución 29/10/2019, por la que se establece que, se excluyen de manera temporal los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y viajeros por carretera a las operaciones que hayan tenido lugar en Cataluña entre el 14 y el 20 de octubre, días en los que se produjeron cortes y bloqueos de carreteras.
Empresas societarias y transportistas autónomos están obligados a consultar por vía electrónica los expedientes sancionadores o de inspección que les notifiquen las Administraciones Públicas. Si esto no se cumple, existen multas que pueden llegar hasta los 4.001 euros.
En la comunidad autónoma de Andalucía será obligatorio que se acompañe al transporte de productos destinados a la alimentación desde la explotación al primer centro de transformación o manipulación con un Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT).
La modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y el ROTT (su reglamento) ha cambiado también el sistema de visado, y aunque se mantiene el periodo de renovación cada dos años, será llevado a cabo de oficio por parte de las autoridades que tienen asignada la competencia de expedición de autorizaciones de transporte. Las empresas solo deberán aportar documentación cuando las autoridades se lo pidan para aclarar alguna situación de un posible incumplimiento.
El pasado mes de marzo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó un informe sobre el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres que entró en vigor en febrero. En su opinión, el requisito de antigüedad máxima del vehículo con el que hay que entrar a trabajar es "innecesaria" y "desproporcionada" para obtener la autorización de transporte. A su juicio, esto supone "una clara vulneración de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado".
La primera Junta Directiva de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales de Transporte por Carretera (CONETRANS) tras el periodo estival ha analizado los temas que están encima de la mesa en el inicio del “curso 2019-2020”, relacionados con la fiscalidad en el transporte, el resultado de la reciente reunión del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), las consecuencias de un posible Brexit duro, la agenda política en la Unión Europea en materia de transporte, las relaciones con los cargadores o el recurso del propio Comité Nacional sobre la honorabilidad en el ROTT, entre otros asuntos.
El Tribunal Supremo ha resuelto el recurso de casación que había presentado la Audiencia Provincial de Oviedo, sobre la posibilidad de aplicar la acción directa en los contratos de transporte donde hay una cascada de contrataciones y donde el porteador final tendrá la potestad de cobrar el porte de su contratante, aunque el intermediario o el propietario de la carga no haya pagado el servicio.
Se ha escrito mucho sobre el alcance y aplicación en nuestro ordenamiento jurídico de la acción directa que recoge la Disposición Adicional Sexta de la Ley 9/2013 de reforma de la LOTT. Ya entonces fue una de las modificaciones más importantes y controvertidas, provocado porque su redacción no fue la más acertada posible, aunque se ha ido definiendo por la jurisprudencia y de una manera favorable para el sector.
El diálogo social en el sector del transporte de mercancías por carretera, a pesar de sus limitaciones, ha demostrado durante estas últimas décadas gozar de buena salud, y los interlocutores sociales, de madurez y de sentido de responsabilidad.
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