La Dirección General de Tráfico, a través del Comité Nacional de Transporte por Carretera, envía el oficio del director general de Tráfico, Pere Navarro, por el que se levantan las restricciones a la circulación de vehículos de más de 7.500 kg de MMA, vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales contempladas en el Anexo II de la Resolución que les fueran de aplicación durante el periodo comprendido entre el viernes 26 de marzo y el lunes 5 de abril de 2021 (ambos incluidos), exceptuando del levantamiento algunos tramos.
Se exceptúan de este levantamiento de restricciones las carreteras fronterizas con Francia en los siguientes días:
Se recuerda que la medida sólo afecta al territorio donde la Dirección General de Tráfico tiene competencias (el territorio nacional, salvo Cataluña y País Vasco).
Esto significa que se mantendrán las restricciones por itinerario previstas en apartado B.2.2 de la citada resolución y las restricciones comunes y específicas contempladas en el anexo V, para los vehículos afectadas por ellas, como son las mercancías peligrosas.