
El nuevo régimen, que entrará en vigor el 1 de enero de 2017, supondrá para las empresas acogidas a dicho régimen, tanto portuguesas como de la Unión Europea, el derecho al reembolso trimestral de la diferencia entre el importe del impuesto de carburantes para el gasóleo de uso particular que debe abonar el usuario al repostar en la estación de servicio.
El ahorro para el transportista que se acoja al régimen será de 13 céntimos por litro de carburante. La Ley da derecho a este descuento a todos los transportistas que dispongan de vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA matriculados en cualquier Estado de la Unión Europea, estableciendo un límite máximo de devolución de 40.000 litros anuales por vehículo.
La devolución será realizada por parte de la Autoridad Tributaria y Aduanera de Portugal a las empresas transportistas que se inscriban, y el cálculo del importe a devolver se realizará sobre la base de la información suministrada a la Autoridad Tributaria por las entidades emisoras de las tarjetas de carburantes o por las propias empresas de transporte cuando dispongan de instalaciones de consumo propio.
Aunque la entrada en vigor oficial es el 1 de enero de 2017, desde el pasado mes de septiembre, el gobierno luso está llevando a cabo una prueba experimental en cuatro regiones fronterizas con España: Braganza/Quintanilla, Guarda/Vilar Formoso, Caia y Beja/Serpa, a la que sólo se pueden acoger vehículos de transporte de más de 35 toneladas de MMA y que realicen transporte internacional.