La documentación necesaria para solicitar dichos descuentos es la siguiente:
- Copia compulsada de la Licencia Comunitaria emitida de acuerdo al modelo que figura en el Anexo II del Reglamento del Consejo nº 1071/2009. Dado que este documento tiene caducidad hay que renovarla cada vez que caduque.
- Copia compulsada del Permiso de Circulación.
- Copia compulsada de la Ficha de Inspección Técnica, en esta tiene que indicar la clase Euro, si no lo indica deberá acompañar un Certificado del fabricante. TIENEN DESCUENTO LOS VEHÍCULOS A PARTIR DE EURO III
La copia de la Licencia Comunitaria y la de la Ficha de Ispección Técnica deben ir como copias certificadas por un organismo público, debiendo aclararse que la responsabilidad de la veracidad de la documentación presentada es exclusivamente del propietario del vehículo. En el caso que se demuestre que la documentación presentada no refleja la realidad se perderá el derecho a los descuentos.
Para el caso de que alguno de estos documentos no responda al modelo normalizado se deberá acompañar una traducción jurada oficial del mismo.
Cada vehículo que se inscriba en el régimen de descuentos para las carreteras SCUT de Portugal deberá abonar una tasa de servicio de 3 €; tasa que también deberá abonarse en el caso de sustitución de vehículo o en el caso de caducidad de la Licencia Comunitaria.
Las solicitudes presentadas con posterioridad al plazo anteriormente señalado solo disfrutarán de los descuentos a partir de la fecha de autorización de la solicitud de habilitación.
Toda la documentación debe ir acompañada de la solicitud y tendrá que estar en CETM antes del 30 de abril.