
El Real Decreto-Ley deja pendiente el desarrollo reglamentario posterior una serie de medidas relacionadas con los planes de igualdad (diagnóstico, contenidos, materias, auditorías salariales, sistemas de seguimiento y evaluación de los planes de igualdad) así como el Registro de Planes de Igualdad, en lo relativo a su constitución, características y condiciones para la inscripción y el acceso.
La norma prevé una aplicación paulatina para las medidas relacionadas con los Planes de Igualdad, de la forma siguiente:
- Empresas entre 151 y 250 trabajadores: tendrán un año para diseñar su plan de igualdad
- Empresas entre 101 y 150 trabajadores: tendrán dos años para aprobar su plan de igualdad
- Empresas de 50 a 100 trabajadores: tendrán tres años para aprobar su plan de igualdad
El Real Decreto-Ley también amplía el permiso de paternidad, para el que se prevén tres supuestos diferentes en el tiempo:
- Desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2019: ocho semanas
- Desde el 1 de enero hasta el 31 de enero de 2020: 12 semanas
- A partir del 1 de enero de 2021: 16 semanas
El Real Decreto-Ley está en vigor desde el 8 de marzo de 2019, con las excepciones indicadas para los planes de igualdad y en lo relativo a la baja por paternidad, que se aplicará desde el 1 de abril.