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Sábado, 25 Enero 2025

    La LOTT introduce cambios en la regulación del transporte ligero

    Cambios en la regulación del transporte ligero Cambios en la regulación del transporte ligero Transporte Profesional

    Entre las novedades que aparecen en la nueva LOTT (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres) se encuentra la nueva regulación que se establece para el transporte público de mercancías con vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada. Esta norma entra en vigor el 25 de julio.

    Coincidiendo con la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), el 25 de julio es la fecha que se establece para obtener la autorización de transporte público en vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada no necesite acreditar los requisitos de capacitación profesional, capacidad económica ni honorabilidad.

    Esta norma afecta tanto a los actuales transportistas como a los futuros. En el caso de los nuevos solicitantes de una autorización para esta categoría, se les dará una autorización de la clase MDL,  siempre que su vehículo tenga menos de cinco meses de antigüedad. Como el resto de autorizaciones de transporte, el transportista de esta categoría de vehículos tendrá que visar su autorización de transporte cada dos años.

    La LOTT regula el transporte ligero

    En el caso de los que ya son titulares, ya no necesita acreditar que posee los requisitos para entrar en el mercado(capacitación profesional, capacidad económica y honorabilidad). Por tanto, si no tenía el título de capacitación a su nombre, sino a un tercero (lo que se conoce como alquiler de título), podrá prescindir de dicho capacitado.

     Para aquel transportista que accediera al mercado a partir de 2007 sin capacitación profesional y se vio obligado a constituir una sociedad para que un tercero le pudiera aportar la capacitación, podrá prescindir de dicho capacitado, pero no podrá transmitir la autorización de transporte a su nombre como persona física, ya que, al no tener más de 10 años de antigüedad la autorización de transporte, no podrá transferirla a su nombre.

    En caso de su vehículo tenga menos de cinco meses de antigüedad, el tratamiento es idéntico a la de un transportista que accede por primera vez al mercado de transporte.

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