Advertisement
Sábado, 11 Enero 2025

    La DGT cambia la validez de los permisos de conducir tras la Covid-19

    Fernando Grande-Marlaska y Pere Navarro Fernando Grande-Marlaska y Pere Navarro Transporte Profesional

    El 21 de marzo, el Ministerio del Interior dictó una orden por la que se prorrogaba durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma. Sin embargo, ahora se establece que esta orden sólo es vigente para los permisos cuya caducidad se produzca entre el 14 de marzo y el 31 de mayo.

    La orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado, señala que "los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán prorrogados de forma automática mientras dure dicho estado y hasta 60 días naturales después de su finalización".

    Más tarde, el Reglamento UE 2020/698 de aplicación directa en los Estados miembros de la Unión Europea establecía las siguientes prórrogas por la Covid-19 con relación a los permisos de circulación:

    DOCUMENTO

    FECHAS CADUCIDAD

    NUEVA CADUCIDAD

    Permiso de conducción

    1 febrero-31 agosto

    7 meses desde la fecha original de caducidad

    ITV

    1 febrero-31 agosto

    7 meses desde la fecha original de caducidad

    Tarjeta CAP

    1 febrero-31 agosto

    7 meses desde la fecha original de caducidad

    Inspección tacógrafos

    1 marzo-31 agosto

    6 meses desde la fecha original de caducidad

    Tarjeta tacógrafo

    1 marzo-31 agosto

    Los Estados han de renovarla en dos meses

    Cursos CAP continua

    Cursos cuyo plazo de finalización terminaban entre 1 de febrero y 31 de agosto

    7 meses desde la fecha original de expiración para poder finalizarlo

    Licencia comunitaria transporte internacional

     

    6 meses desde la fecha original de caducidad

     

    Ahora, la Dirección General de Tráfico ha emitido una directriz a todas sus unidades en la que se especifica que sólo podrán disfrutar de la prórroga de la validez de los permisos y licencias de conducción que hayan caducado entre el 14 de marzo y el 31 de mayo, lo que no sólo contradice la orden del Ministerio de Interior aún vigente, sino al Reglamento comunitario de jerarquía normativa superior a la propia orden.

    Según este nuevo criterio, habría cientos de permisos de conducir caducados desde el 1 de junio. En ese caso, se corre el riesgo de ser sancionados, ya que el desconocimiento no justifica el incumplimiento.

     

    Valora este artículo
    (2 votos)
    Más en esta categoría:
    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

    Deja un comentario

    Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.

    Noticias + Leidas

    Separatas y Monográficos del Transporte

    © 2018 BGO Editores. Desarrollo Área Fotográfica - Juan Caraballo - Revista Transporte Profesional - 91 744 03 95