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Domingo, 26 Enero 2025

    La DGT regula por ley la posibilidad de que los camiones transporten contenedores de 45 pies

    Terminal de contenedores en el puerto de Bilbao Terminal de contenedores en el puerto de Bilbao Transporte Profesional

    Tres años más tarde de lo que hubiera sido apropiado, la Dirección General de Tráfico aprueba la orden que regula el transporte por carretera en contenedores. Se trata de la transposición al ordenamiento español de una directiva europea concebida para implantar avances técnicos en vehículos de transporte y así contribuir a la sostenibilidad y la mejora del medio ambiente.

    La última modificación europea en materia de pesos y dimensiones máximos de los vehículos de transporte, aprobada en 2015 mediante la aprobación de la Directiva 2015/719, modificó de forma parcial la Directiva 96/53, con el objetivo de facilitar la implantación de avances tecnológicos en los vehículos de transporte para contribuir a la reducción de los gases de efecto invernadero y, en particular, los de dióxido de carbono. La citada norma europea se limitó a introducir algunas modificaciones relativas al peso y longitud máximo de los vehículos para instalar equipos aerodinámicos, por utilizar motores híbridos de propulsión o para el transporte de determinados contenedores multimodales.

    Dicha Directiva europea se traspuso al ordenamiento español en 2017 mediante la Orden PRA/499/2017 de 1 de Junio, por la que se modificó de forma parcial el Reglamento General de Vehículos. Así, entre otras novedades, la Orden establece una nueva regulación en materia de transporte de contenedores multimodales, estableciendo que las longitudes máximas previstas en la actual regulación podrán rebasarse en 15 centímetros en el caso de los vehículos o conjuntos de vehículos que transporten contenedores de 45 pies de longitud o cajas móviles de 45 pies de longitud, con o sin carga, siempre que el transporte por carretera del contenedor o de la caja móvil en cuestión forme parte de una operación de transporte intermodal.

    Una normativa sin redactar

    Así, tres años después, la Dirección General de Tráfico se percata del olvido al aprobar la Orden relativa al transporte de dichos contenedores de 45 pies, al no establecer qué composiciones de vehículos podían transportarlos y con qué pesos máximos.

    Para resolver esa deficiencia, la DGT ha dictado una Instrucción con fecha de este viernes 22 de mayo, “con el fin de que pueda aplicarse de manera inmediata…mientras no se lleve a cabo la oportuna modificación del Reglamento de Vehículos”. La citada Instrucción ha sido replicada por el Servicio de Tránsito de Cataluña para su ámbito territorial mediante la publicación de un comunicado informativo, pese a que las competencias en materia de pesos y dimensiones corresponde en exclusiva al Ministerio del Interior.


    La Orden establece una nueva regulación en materia de transporte de contenedores para el transporte multimodal

     

    En la Instrucción de la Dirección General de Tráfico, se establece qué composiciones de vehículos y pesos máximos pueden realizar transporte multimodal con contenedores de 45 pies:

     -Un vehículo con motor con 3 ejes, con semirremolque de 2 ó 3 ejes, que lleve, en operaciones de transporte intermodal, uno o varios contenedores o cajas móviles de hasta una longitud máxima total de 45 pies, puede llegar hasta las 44 toneladas de masa máxima de conjunto

     -Un vehículo de motor con 2 ejes, con semirremolque de 3 ejes, que lleve, en operaciones de transporte intermodal, uno o varios contenedores o cajas móviles de hasta una longitud máxima total de 45 pies, puede llegar hasta las 42 toneladas de masa máxima de conjunto.

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

    2 comentarios

    • Gregorio Garcías
      Enlace al Comentario Gregorio Garcías Miércoles, 27 Mayo 2020 15:40

      Se acaba el confinamiento y la guardia civil de tráfico vuelve al ataque contra los transportistas
      Hoy han denunciado a un conductor de mi empresa con cinco sanciones por incumplir los descansos. Todas entre dos y quince minutos de mconducion a mayores o arrancar tres minutos antes de los 45 minutos
      Aplausos para los recaudadores !!!!

    • juan gatnau bergada
      Enlace al Comentario juan gatnau bergada Martes, 26 Mayo 2020 11:27

      Es por lo menos singular que trafico regule el peso total y por eje de los vehiculos, la DGT esta normando de facto el transporte , el Ministerio de Transportes para que ha quedado?
      las 44 tn. las va a autorizar la DGT
      Los Megatracs los autoriza la DGT
      Los Duotrailer los autoriza la DGT
      por que es el ente que casi no tiene las competencias delegadas a las CA, salvo las excepciones que todo el mundo conoces, asi no va a funcionar esto nunca.
      La DGT se dedica a la seguridad vial, no a las norms y leyes del transporte, solo nos faltan los bandazos de de alguien que imponen normas sin mas.
      La precariedad en el transporte es latente y nadie toma cartas en el asunto, a rio revuelto...ganancia de cargadores.

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