
El sector no debe perder la oportunidad de proponer al Gobierno, y posteriormente a los partidos políticos, en su tramitación parlamentaria, todas las modificaciones tendentes a adecuar esta norma a los cambios que ha experimentado el mercado de transportes, tanto nacional como europeo.
Estos cambios deben de afectar de forma importante a las condiciones de acceso al mercado y a la eliminación de trabas burocráticas, además de igualar las condiciones de competencia.
Es cierto que el texto de borrador del Anteproyecto de Ley, remitido por el Gobierno el pasado mes de junio, contiene modificaciones de calado, algunas de ellas positivas para el sector, pero también es verdad que, en determinadas materias, este Anteproyecto se queda muy corto, no abordando a nuestro juicio otras modificaciones que son absolutamente necesarias.
De forma clara y precisa se exige la necesidad de autorización para contratar servicios de transporte y emitir facturas en nombre propio, así como contar con un establecimiento y la incorporación de nuevas tecnologías y herramientas informáticas, con el fin de hacer más ágil y efectiva la gestión empresarial.
No es comprensible, por otra parte, la eliminación de todos los requisitos que en la actualidad se solicitan para la obtención de autorización de transporte ligero en vehículos de hasta 3,5 toneladas de Masa Máxima Admisible (MMA), pues ni siquiera se exige el ser titular de al menos un vehículo para ejercer la actividad de transportista.
Quisiera destacar, de otro lado, aspectos no recogidos en el Anteproyecto, que el sector viene reclamando de forma casi unánime desde hace bastante tiempo.
Refiriéndonos al régimen sancionador, se debería modificar la responsabilidad objetiva del empresario en actuaciones de absoluta responsabilidad del conductor, de cuya infracción se imputa precisamente como responsable al empresario. Resulta totalmente imprescindible, además, reducir la cuantía de las sanciones, por pronto pago, en un 50%, por analogía con la Ley de Seguridad Vial.
Asimismo se tendría que limitar, como se viene reclamando insistentemente las asociaciones de transportistas, el número de intervinientes en la cadena de subcontratación hasta un máximo de tres, lo que nos parece justo, pues resulta necesario eliminar eslabones que no aportan ningún valor añadido, es más, sólo conducen a una pérdida de transparencia, ineficacia y gastos en la cadena de transporte.
Debemos que tener muy presente que nos encontramos en el momento idóneo para modificar algún precepto de la Ley de Contrato de Transporte de 2009, en lo referente a la revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del gasóleo. Esta variación tiene que ser obligatoria para las partes intervinientes (cargador y transportista) dada la enorme volatilidad del precio del combustible, así como su repercusión en las estructura de los costes de las empresas transportistas que, según datos del Observatorio de Costes, puede superar el 39% de los costes totales de explotación.
Asimismo, se deberían disponer con concreción y firmeza los plazos máximos de cobro de los servicios de transporte, pues no olvidemos que la morosidad es uno de los problemas importantes con los que se enfrenta el sector desde hace tiempo, agravados por la coyuntura actual.