
Así, una de las novedades tiene que ver con el nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación, que permitirá registrar de forma más precisa la posición y labor que realizan los conductores profesionales.
Se trata, tal y como se recoge en la nueva normativa, de controlar mejor la nueva regulación prevista en el Paquete de Movilidad sobre deslocalización de conductores en transporte internacional, es decir, la regulación sectorial sobre desplazamiento de trabajadores.
Igualmente, se pretende mantener un mayor control sobre todo lo relacionado con las operaciones de cabotaje, introduciendo otras nuevas medidas encaminadas a garantizar una competencia más leal entre las empresas.
Los vehículos que lleven instalado un tacógrafo inteligente de primera generación deberán sustituirlo por el de segunda generación antes de agosto de 2025
De tal forma, este tacógrafo inteligente permitirá registrar el lugar donde se inicia el trabajo diario, los cruces de fronteras, las labores de carga y descarga, el seguimiento de la conducción acumulada cada tres horas y el lugar de finalización del periodo de trabajo diario.
Agosto de 2023
Señalar que este dispositivo deberá ser instalado en todos los vehículos de transporte nuevos una vez que la Comisión Europea defina sus especificaciones técnicas en los próximos 12 meses, estimándose que en los siguientes dos años, como límite antes de agosto de 2023, los camiones de nueva matriculación deberán ir equipados con los nuevos tacógrafos.
Con todo, desde dicha fecha quedará establecido un plazo transitorio para la sustitución de los vehículos que vayan equipados con tacógrafos de anterior generación. De este modo, los vehículos que lleven instalado un tacógrafo analógico o digital no inteligente anterior al 15 de junio de 2019, tendrán la obligatoriedad de instalar un tacógrafo inteligente de segunda generación antes de diciembre de 2024.
Por su parte, los vehículos que lleven instalado un tacógrafo inteligente de primera generación deberán sustituirlo por el de segunda generación antes de agosto de 2025.
También es importante explicar que los vehículos ligeros entre 2.5 y 3.5 toneladas de MMA que hagan transporte internacional, que en la actualidad está exentos de ir provisto de aparato tacógrafo, deberá instalarlo antes de julio de 2026, si bien el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podría valorar la posibilidad de hacerlo extensivo también al transporte nacional en nuestro país.