Jueves, 13 Marzo 2025

    Los fabricantes de vehículos estarán obligados a facilitar los datos para realizar la ITV

    ITV ITV Transporte profesional

    El Reglamento aprobado por la Unión Europea, y que será aplicable a partir del 20 de mayo de 2020 (Reglamento de Ejecución 2019/621 de la Comisión), obliga a los fabricantes de vehículos a facilitar todos los datos necesarios para poder realizar la ITV.

     

    Las ITV podrán tener acceso a información técnica del vehículo actualmente inaccesible y que resulta necesaria para realizar la inspección.

     

    Los datos se facilitarán seis meses después de la matriculación o la puesta en circulación del vehículo. No obstante, en el caso de los vehículos matriculados o puestos en circulación entre el 20 de mayo de 2018 y el 20 de noviembre de 2019, esta información deberá estar a disposición del público a partir del 20 de mayo de 2020.

     

    Además, los fabricantes tendrán la obligación de presentar cualquier tipo de modificaciones y los suplementos posteriores de la información técnica en la lengua o las lenguas oficiales del Estado miembro del centro de inspección o en cualquier otro idioma acordado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión.

     

    También designarán un punto de contacto responsable de facilitar el acceso a la información técnica del vehículo que se publicará en su web.

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