

Las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o por mar que sean responsables de las operaciones de carga o descarga de transporte de peligrosas tienen hasta el 31 de marzo para enviar un informe de su consejero de seguridad a la Administración central.
Para comenzar a utilizar esta aplicación es necesario que la comunidad autónoma donde esté radicada la sede social de la empresa facilite al consejero una clave de identificación con un código de usuario y una contraseña. Las claves facilitadas en años anteriores seguirán siendo válidas este año y sucesivos, por lo que no hace falta solicitar nuevas claves, a no ser que hubiese algún cambio en el NIF de la empresa.
En el informe se deben indicar los datos de localización de todos los centros de trabajo para los que se hace el informe, es decir, aquellos en los que se realizan operaciones por las que, según el ADR, el vehículo debe ir señalizado con paneles naranja (cantidades superiores al 1.1.3.6).
Deberá conservarse copia del informe remitido durante cinco años.
El contenido de dicho informe se establece en la Orden FOM/2924/2006.
Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también.
https://www.transporteprofesional.es/raquel-ariasAsegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.
29 May 2024 60122 LEGISLACIÓN Raquel Arias
08 Abr 2024 27828 SCANIA Saúl Camero
02 Abr 2024 27637 ASOCIACIONES Saúl Camero
31 Oct 2024 26246 LEGISLACIÓN Raquel Arias
16 Abr 2024 22412 UNION EUROPEA Raquel Arias
04 Sep 2024 20881 Sindicatos Raquel Arias
17 Abr 2024 20024 LEGISLACIÓN Raquel Arias
02 Jul 2024 19707 LEGISLACIÓN Raquel Arias
25 Oct 2024 18779 CETM Raquel Arias
07 Abr 2022 16754 LEGISLACIÓN Raquel Arias