
Así, entre las medidas que de nuevo se están adoptando, como ya se hizo durante la segunda ola, destaca el cierre temporal o total de la hostelería, es decir, de bares y restaurantes, aunque en esta ocasión todas las comunidades autónomas han exceptuado de estas medidas restrictivas a los establecimientos de restauración situados en las áreas de servicio en carretera, para permitir que los transportistas pudieran continuar desarrollando su actividad con normalidad.
Tal es el caso de Cataluña, en cuyas nuevas medidas confinatorias en el sector de la hostelería, vigentes hasta el 17 de enero inclusive, se señala de forma expresa que la restauración en áreas de servicio de vías de comunicación para profesionales de transporte no queda sujeta a ninguna franja horaria. De modo análogo, la Comunidad Valenciana, cuyas nuevas medidas restrictivas se aplicarán hasta el 31 de enero, establece que “los establecimientos de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación para profesionales de transporte no quedan sujetos a ninguna franja horaria”.
Extremadura y Aragón también, pero con condiciones
En términos incluso más amplios, Extremadura ha introducido en las medidas confinatorias aprobadas en las principales poblaciones de la región hasta el 13 de enero su exceptuación en los siguientes supuestos: “Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros”.
Asimismo, Aragón también exceptuó de las medidas restrictivas a los restaurantes situados en áreas de servicio en carretera y polígonos industriales, pero introduciendo la obligatoriedad de que los transportistas presenten previamente un certificativo justificativo de su condición profesional, bajo multa en caso de incumplimiento. En este caso, se considera que la medida es innecesaria, ya que los transportistas pueden acreditarla mostrando su permiso de conducir, su tarjeta CAP o incluso el propio vehículo de transporte que conducen, por lo que se espera que el Gobierno regional rectifique en dicha exigencia administrativa, como así han hecho los gobiernos regionales que han aplicado excepciones similares, permitiendo de este modo que el transporte por carretera desarrolle su actividad en las condiciones más adecuadas, por su carácter esencial para garantizar el abastecimiento tanto a la población como al resto de actividades económicas.
A mediodía del jueves 7 de enero, la Junta de Castilla y León decidió el cierre perimetral de la región hasta nueva orden, y Murcia ordenó el confinamiento de 22 municipios de la región, entre ellos, el de su capital.