Viernes, 14 Marzo 2025

    Las regiones confinadas por la tercera ola facilitan la actividad al transporte por carretera

    Transportista trabajando durante pandemia Covid-19 Transportista trabajando durante pandemia Covid-19 Transporte Profesional

    El incremento en el número de casos de contagio por el covid-19 que sufre España en las últimas semanas, en lo que ha venido a definirse como la tercera ola de la pandemia, ha llevado a varias comunidades autónomas a aprobar nuevas medidas confinatorias y de limitación de las actividades económicas que sus respectivos territorios han ido implementado en sus respectivos ámbitos, con el objetivo de tratar de controlar la expansión de la pandemia en los ámbitos que son el origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo.

    Así, entre las medidas que de nuevo se están adoptando, como ya se hizo durante la segunda ola, destaca el cierre temporal o total de la hostelería, es decir, de bares y restaurantes, aunque en esta ocasión todas las comunidades autónomas han exceptuado de estas medidas restrictivas a los establecimientos de restauración situados en las áreas de servicio en carretera, para permitir que los transportistas pudieran continuar desarrollando su actividad con normalidad.

    Tal es el caso de Cataluña, en cuyas nuevas medidas confinatorias en el sector de la hostelería, vigentes hasta el 17 de enero inclusive, se señala de forma expresa que la restauración en áreas de servicio de vías de comunicación para profesionales de transporte no queda sujeta a ninguna franja horaria. De modo análogo, la Comunidad Valenciana, cuyas nuevas medidas restrictivas se aplicarán hasta el 31 de enero, establece que “los establecimientos de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación para profesionales de transporte no quedan sujetos a ninguna franja horaria”.

     

    Extremadura y Aragón también, pero con condiciones

    En términos incluso más amplios, Extremadura ha introducido en las medidas confinatorias aprobadas en las principales poblaciones de la región hasta el 13 de enero su exceptuación en los siguientes supuestos: “Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros”.

    Asimismo, Aragón también exceptuó de las medidas restrictivas a los restaurantes situados en áreas de servicio en carretera y polígonos industriales, pero introduciendo la obligatoriedad de que los transportistas presenten previamente un certificativo justificativo de su condición profesional, bajo multa en caso de incumplimiento. En este caso, se considera que la medida es innecesaria, ya que los transportistas pueden acreditarla mostrando su permiso de conducir, su tarjeta CAP o incluso el propio vehículo de transporte que conducen, por lo que se espera que el Gobierno regional rectifique en dicha exigencia administrativa, como así han hecho los gobiernos regionales que han aplicado excepciones similares, permitiendo de este modo que el transporte por carretera desarrolle su actividad en las condiciones más adecuadas, por su carácter esencial para garantizar el abastecimiento tanto a la población como al resto de actividades económicas.

    A mediodía del jueves 7 de enero, la Junta de Castilla y León decidió el cierre perimetral de la región hasta nueva orden, y Murcia ordenó el confinamiento de 22 municipios de la región, entre ellos, el de su capital.

     

     

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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