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Sábado, 11 Enero 2025

    Los transportistas guipuzcoanos podrán continuar con su sistema de tramitación

    Un decreto foral confirma que el transporte no está entre las actividades excluidas por la Diputación Foral de la tramitación por módulos.

    La Diputación Foral de Guipúzcoa ha publicado un decreto que excluye de la aplicación del método de estimación objetiva para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a diversas actividades.

    Sin embargo, el transporte de mercancías por carretera sigue entre las que pueden tributar por este régimen, tanto el IRPF como el IVA.

    Según dicho decreto, publicado en el Boletín Oficial de Guipúzcoa el 29 de diciembre de 2010, aquellos contribuyentes que queden excluidos de módulos para este año, no tienen que optar de forma expresa por la modalidad simplificada de estimación directa para que le sea aplicada.

    Para poder estimar el rendimiento de la actividad a través de modalidad, deberán optar por ella antes del próximo 15 de marzo, presentando el modelo 036 de Declaración Censal. Una vez hecha la opción, ésta tendrá vigencia para años posteriores, hasta ser revocada por la persona contribuyente o no cumplir las condiciones para poder optar a esta modalidad.

    No obstante, la administración foral todavía tiene la potestad arbitraria de recalcular su correcta tributación mediante la aplicación de un régimen distinto de una declaración complementaria muy superior a la que resulta de la aplicación de los módulos.

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