El Gobierno ha decidido derogar la figura del tipo autonómico del impuesto especial, que entró en vigor el 1 de enero de 2013, en sustitución del anterior tramo autonómico del IVMDH (más conocido como céntimo sanitario y declarado ileal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea). La idea era integrarlo en el actual tipo estatal especial, que pasará de 24 a 72 euros por 1.000 litros, como resultado de sumar, a los 24 euros estatales del tipo especial actual, los 48 euros procedentes del tipo autonómico a derogar (ahora en manos de las comunidades autónomas y que puede oscilar entre los 0 y los 48 euros).
Esta medida dará al Gobierno un margen de actuación frente a una posible ilegalidad del tipo autonómico (que sería recurrible), integrando ese tipo autonómico en el tipo estatal especial. Así, se unificará el impuesto para todas las comunidades autónomas, aplicando los 48 euros autonómicos a todas las comunidades por igual, evitando la diferenciación geográfica.
A partir del 1 de enero, el impuesto especial pasará a situarse en 379 euros/1.000 litros para todas las comunidades autónomas
Con esta modificación, a partir del 1 de enero, el próximo impuesto especial sobre el repostaje se verá afectado en las siguientes comunidades autónomas:
- País Vasco, Cantabria, Castilla y León, La Rioja y Navarra: el impuesto sube en 4,8 céntimos por litro
- Madrid: el impuesto sube en 3,1 céntimos por litro
- Aragón: el impuesto sube en 2,4 céntimos por litro
- Extremadura: el impuesto sube en 1 céntimo por litro
- Asturias: el impuesto sube en 0,8 céntimos por litro
Con la modificación de la estructura del impuesto, la devolución máxima del gasóleo profesional se mantiene en los actuales 49 euros por cada 1.000 litros (1+48), con un tope de hasta 50.000 litros por vehículo pesado (hasta 2.450 euros por vehículo y año).
La devolución del gasóleo profesional se mantiene en la actual diferencia de un euro, que se obtiene entre 306 euros (marcados en la regulación y el tipo estatal general del epígrafe 1.3 de la tarifa 1ª, marcado en 307 euros, y se le suma la cantidad de los 48 euros del tipo estatal especial que provenía del tramo autonómico y que se integran en dicho tipo estatal especial).
El efecto negativo real de esta modificación del impuesto se verá reflejado en la repercusión sobre turismos y vehículos comerciales de menos 3,5 toneladas, cuyos repostajes se hacían en alguna de las comunidades autónomas cuyo tipo autonómico se encontraba por debajo de los 48 euros/1.000 litros o donde no se aplicaba el tramo autonómico. En este caso, dejará de haber fugas de consumos entre comunidades autónomas por la diferenciadel componente autonómico del impuesto.
Equiparación del impuesto de hidrocarburos
La otra medida que pretende poner en marcha el Gobierno, dentro de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2019 sería la igualación del impuesto que se aplica al gasóleo y a la gasolina, lo que supondría una subida adicional al diésel de 9,369 céntimos de euro por litro.
Algunas comunidades autónomas habían interpretado el texto de cambio normativo sobre la cantidad a devolver, a través del gasóleo profesional a su favor, estimando que el tope a devolver sería sólo de 25 euros/litro, en lugar de 49 euros, pero el Ministerio de Hacienda ya ha confirmado que el tope está en 49 euros.