Viernes, 14 Marzo 2025

    El Gobierno baja el límite de velocidad a camiones en carreteras convencionales

    Camión circulando por carretera convencional Camión circulando por carretera convencional Transporte Profesional

    El Consejo de Ministros ha aprobado la bajada del límite de velocidad a 90 kilómetros por hora en carreteras convencionales para turismos, pero los camiones, furgonetas y autobuses (si no cuentan con cinturones de seguridad para pasajeros) tienen un límite distinto.

    El Gobierno ha establecido un nuevo límite de velocidad en carreteras convencionales, de doble carril. En concreto, desaparece la actual diferenciación de limitaciones genéricas entre 90 y 100 kilómetros por hora existente para turismos y motocicletas en vías convencionales de un solo carril, estableciendo una limitación general de 90 kilómetros por hora para estos vehículos. La razón de esta medida está en que es en este tipo de vías donde se ha centrado la accidentalidad en los últimos años.

    En cambio, camiones, furgonetas, autobuses y resto de vehículos, podrán circular a un máximo de 80 kilómetros por hora en este tipo de vías.

    España es de los pocos países de Europa (junto a Rumanía, Polonia, Irlanda, Alemania y Austria) donde el límite de velocidad se encuentra en 100 km/h

    De aprobarse esta medida, se prevé que entre en vigor a finales de enero de 2019. Primero, tendría que aparecer en el Boletín Oficial del Estado (probablemente, en la primera semana de enero) y, a partir de esa fecha, la Dirección General de Tráfico tendría un plazo de 30 días para cambiar las señales de tráfico. Una vez cambiadas, empezaría a aplicarse la normativa.

    La medida, que afecta a unos 10.000 kilómetros de los 165.000 de la red estatal de carreteras, tiene una excepción: las vías con separación física de los dos sentidos de circulación, donde el titular de la vía podría fijar un límite máximo de 100 kilómetros por hora para turismos y motos.

    Reducir el límite de velocidad, medida estrella

    La bajada de la velocidad es una de las medidas más destacadas del director general de Tráfico, Pere Navarro, y del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Durante la preesnte legislatura, ambos han estado a favor de reducirla. De hecho, el Ministerio del Interior tenía previsto que esta medida entrara en vigor el 2 de enero de 2019, tal y como aparece en el borrador del Real Decreto que modifica el Reglamento General de Circulación.

    Según la Dirección General de Tráfico, en este tipo de vías es donde tienen lugar el 75% de los accidentes con víctimas. Asimismo, la velocidad inadecuada es la causa del 20% de los accidentes de tráfico. Según Pere Navarro, con esta medida "España se equipara con los países de referencia de Europa, como Francia, donde se rebajó este verano la velocidad máxima a 80 kilómetros por hora en carreteras secundarias, con el objetivo de reducir la siniestralidad vial".

     

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

    1 comentario

    • Jesús Lorenzo Perrote
      Enlace al Comentario Jesús Lorenzo Perrote Sábado, 29 Diciembre 2018 10:04

      Los camiones ya tenían una limitación en carreteras convencionales de 80 km./h. siempre que el arcén fuese mayor o igual a 1.50 m. Si el arcén no alcanza los 1.5 m. la velocidad máxima para este tipo de vehículos es de 70 km/h.
      Por lo tanto el titular de la noticia es erróneo ya que los límites de velocidad para camiones no se modifican. El que sí se modifica es el límite para turismos que pasa de 100km/h a 90 km/h, en carreteras con arcén de 1.5 m. o superior.

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