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Sábado, 25 Enero 2025

    Tráfico publica los requisitos para autorizar los megacamiones por carretera

    Megacamión prueba piloto Megacamión prueba piloto Dirección General de Tráfico

    La Dirección General de Tráfico ha publicado la instrucción por la que se establecen las condiciones y protocolos por los que se dará autorización a la circulación de vehículos en configuración euro modular EMS (conocidos como megatrucks o megacamiones). Tras haber hecho la primera prueba de circulación real el 3 de marzo, la DGT ha dado luz verde al proyecto.

    Megacamión circulando por carretera Transporte TV
    Transporte TV

    En la prueba se utilizó un conjunto de semirremolque más remolque con dos tractoras marca Scania de potencias diferentes (520 y 450 CV), en una ruta en la que había que subir el puerto de Somosierra por ambas vertientes. El trayecto, de ida y vuelta, comenzó en el kilómetro 37 de la A-1 y terminó en el kilómetro 115 de la misma carretera. El conjunto afrontó pendientes de hasta el 8% y varios tramos con un 6 ó 7% de desnivel.

    Esta instrucción, dictada conforme a la Directiva 96/53/CE, desarrolla la Orden Ministerial PRE/2788/2015, de 18 de diciembre, por la que se modificó el anexo IX del Reglamento General de Vehículos. Las características del conjunto son un vehículo con más de seis líneas de ejes, cuyos módulos, por separado, no deben superar una masa máxima autorizada de 60 toneladas y una longitud de 25,25 metros. Se otorga a la Dirección General de Tráfico la potestad para autorizar, previo informe vinculante del titular de la vía, la circulación de este conjunto de vehículos.

    Requisitos para solicitar la autorización

    • El interesado deberá estar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento y ser titular de un permiso de circulación de los vehículos motrices o contar con una autorización expresa del titular para ser utilizado en conjunto euro-modular.
    • Los módulos deberán constar en el registro de vehículos de la DGT y deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Reglamento General de Vehículos para su puesta en circulación por vías de uso público.
    • El conjunto y sus módulos deberán disponer de espejos o detectores de ángulo muerto, sistemas de advertencia de abandono de carril o asistencia de mantenimiento, sistema electrónico de control de estabilidad y sistema automático de frenado de emergencia.
    • Las vías por las que podrá circular deberán ser autopistas, autovías o carreteras convencionales con calzadas separadas para cada sentido de circulación.
    • La velocidad a la que podrán circular los camiones euro-modulares es la establecida por el Reglamento de Circulación para los vehículos articulados en función del tipo de vía (90 km/hora en autovías y autopistas, 80 km/hora en vías convencionales con arcén de 1,5 metros y 70km/hora en el resto de vías fuera de poblado).

    Las autorizaciones se concederán por un plazo máximo de un año, salvo que algún titular de la vía emita un informe de vigencia inferior. Los interesados deberán presentar la solicitud de la autorización especial en las Jefaturas Provinciales o locales de Tráfico. La DGT ha informado de que en los próximos meses estará disponible la aplicación informática que permita su gestión automatizada.

    Mientras la autorización esté vigente, el número de circulaciones no estará limitado, pero el titular tiene la obligación de comunicar por correo electrónico a la DGT los viajes realizados, indicando el número de autorización concedido, fecha y hora del inicio y final del itinerario y su longitud.

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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