
Sin embargo, el nuevo Decreto generó alarma entre las organizaciones de transportistas y los concesionarios de vehículos industriales, ya que, entre las novedades que incluía, estaba la referida a la limitación de las actuaciones de reparación y asistencia en carretera de los vehículos averiados, sea cual fuera su clase, apostando por su remolcado y traslado a taller, por lo que, en el caso de los vehículos de transporte, representaba un sobrecoste económico muy alto, ya que su aplicación literal, en la práctica, impedía la actuación de los vehículos taller.
Reclamación del transporte a la Dirección General de Tráfico
Por ello, el Comité Nacional de Transporte por Carretera solicitó la rectificación de dicha regulación a la Dirección General de Tráfico (DGT), a lo que ha accedido mediante la emisión de una instrucción dirigida a los Agentes de Tráfico, estableciendo una excepción a la regla general del remolcado obligatorio del vehículo averiado o accidentado en carretera en el caso de los vehículos pesados con MMA superior a 7,5 toneladas.
De esta manera, estos vehículos podrán ser reparados in situ, permitiendo el trabajo de los vehículos taller que poseen las marcas o concesionarios, cuyos operaros deberán adoptar las medidas necesarias para la realización de la operación con las máximas garantías de prevención, seguridad y visibilidad. Asimismo, deberán llevar una vestimenta que garantice su máxima visibilidad posible.