La aplicación de la Directiva europea 2010/48/UE, redactada para comprobar que los frenos de los vehículos de más de 3,5 toneladas frenan correctamente en condiciones reales, ha supuesto que los vehículos tengan que ir a la ITV cargados para pasar la prueba de frenado. La condición exacta para pasar la prueba de frenado es acudir con al menos dos tercios de la MMA del vehículo, pero se puede hacer con el vehículo completamente cargado. No se libran ni los vehículos de transporte de mercancías peligrosas, ni de animales, ni de recogida de basuras, aunque la carga no podrá ser para la que están acondicionados, si no otra que no suponga un peligro o una molestia para el personal o el resto de usuarios de la estación de ITV.
Sí se pueden salvar de acudir de esta guisa los vehículos con sistema de frenos totalmente neumático, para los que se ha establecido un método de simulación que posibilita realizar la prueba sin necesidad de ir con ese nivel de carga, aunque sí se recomienda con algo de carga, de manera que se facilite alcanzar unos niveles mínimos de presión en el sistema de frenado. A estos vehículos se les aplica el sistema de simulación por extrapolación a partir de las presiones en los calderines, conectando en cada eje unos medidores en el circuito de freno, sistema que las ITV están incorporando progresivamente.
Para facilitar la realización de esta prueba, se aconseja montar un panel de tomas de presión en el lateral izquierdo del vehículo, modificación que no se considera una reforma. Aunque se puede efectuar igualmente la prueba de frenado por extrapolación, ya que en cada eje existen tomas que permiten la conexión de los sensores necesarios para efectuar dicha prueba.
ITV: liberalización y ayuda electrónicas
El Ministerio de Industria está revisando la normativa que regula las ITV y está planteándose eliminar algunas de las incompatibilidades actuales que afectan a la prestación de este servicio, de manera que si el proyecto sale adelante, los concesionarios, talleres independientes y hasta las propias empresas de transporte por carretera podrían conseguir la autorización necesaria para convertirse en estación ITV, pero no usando sus instalaciones, lo tendrían que hacer en unas específicas. De todos modos, la decisión final de cómo se aplicaría esta medida quedaría en las comunidades autónomas, que tienen las competencias transferidas en esta materia.
Por su parte, las instituciones europeas también están tramitando planteándose cambiar la normativa de la ITV. Entre los cambios más destacados se encuentra el aumento de la frecuencia de las inspecciones técnicas para las furgonetas con un kilometraje excepcionalmente alto y el control obligatorio de los componentes de seguridad electrónicos, como ABS y ESP.