Jueves, 13 Marzo 2025

    Nuevas señalizaciones para vehículos

    Nuevas señalizaciones para vehículos Nuevas señalizaciones para vehículos Transporte Profesional

    El Reglamento General de Vehículos ha incrementa la altura para algunos vehículos y nuevas señalizaciones para algunos tipos de vehículos y generales para los de más de 12 metros. De acuerdo con esta modificación, los portavehículos, tanto rígidos como conjuntos de vehículos, los portacontenedores y los vehículos grúa de asistencia en carretera podrán circular legalmente a 4,50 metros de altura a partir del 23 de julio.

    También a partir de esa fecha, los vehículos de transporte especial, vehículos para obras o servicios y vehículos agrícolas que circulen a menos de 40 km/h o estén parados o estacionados deberán llevar un dispositivo luminoso con una o varias luces de color amarillo auto, (señal V-2 vehículo especial-obstáculo en la vía), además de unas bandas reflectantes en las esquinas del vehículo.

    Los coches de acompañamiento de un transporte especial, por su parte, tendrán que portar en su parte superior un cartel con la palabra “especial” en color negro sobre fondo blanco (señal V-21). Y las grúas de servicio de auxilio en carretera deberán llevar en el frontal una placa de color blanco reflectante con la palabra “auxilio” en color negro y la figura de una grúa en color azul (señal V-24) y a cada lado se colocarán unas balizas abatibles con un dibujo en forma de flechas alternas en color rojo y blanco, que se extenderán perpendiculares al vehículo cuando esté estacionado prestando su servicio a un vehículo accidentado o averiado.

    Otra importante novedad es que los vehículos de más de 7,5 TM de MMA y de más de 12 metros que se matriculen a partir del 10 de julio de 2011, así como sus remolques y cargas, deberán señalizar su contorno con unas franjas reflectantes de cinco centímetros de ancho de color blanco o amarillo en los laterales y rojo en la parte trasera (señal V-23). Para los matriculados anteriormente esta señalización será voluntaria.


    señalizacion vehiculos transporte mercancias carretera

    Accesorios y repuestos

    También se ha modificado la regulación sobre accesorios y repuestos, cambio que ya está vigente. Ahora los turismos y vehículos de transporte de mercancías de hasta 3,5 toneladas deben llevar: dos dispositivos de preseñalización de peligro (los triángulos), un chaleco reflectante de alta visibilidad y rueda de repuesto o de uso temporal y las herramientas para su cambio. Es decir, se suprime la obligación de llevar un juego de lámparas de repuesto y un extintor de incendios. En los de más de 3,5 toneladas es obligatorio contar con dos dispositivos de preseñalización de peligro, un chaleco reflectante de alta visibilidad y un equipo homologado de extinción de incendios. Asimismo, se ha alterado la codificación en el permiso de circulación que hace referencia al uso de los vehículos.

    Valora este artículo
    (0 votos)
    Más en esta categoría:
    Redacción

    Equipo de redacción de TransporteProfesional.es

    Deja un comentario

    Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.

    Noticias + Leidas

    Separatas y Monográficos del Transporte

    © 2018 BGO Editores. Desarrollo Área Fotográfica - Juan Caraballo - Revista Transporte Profesional - 91 744 03 95