
Según la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), la proporción de biodiesel en gasóleo puede alcanzar el 9,43%, por lo que el fin de las exenciones fiscales a los biocarburantes y la aplicación de los 307 euros/1.000 litros del tipo general del Impuesto Especial de Hidrocarburos podrá suponer un aumento impositivo del litro del gasóleo de 2,895 céntimos, dependiendo del volumen de biodiesel aplicado a la mezcla.
Además, ya se encuentra en vigor la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, que establece la nueva composición impositiva sobre el gasóleo para 2013.
De esta manera, el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (céntimo sanitario) se integra en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos , de forma que el tramo estatal del citado impuesto se sustituye por el tipo estatal especial del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, y el tramo autonómico por el tipo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.
El funcionamiento del céntimo sanitario no varía con respecto a la situación anterior, por lo que son las comunidades autónomas las que deciden si se aplica en su territorio y qué porcentaje se cobra, con un límite entre 0 y 4,8 céntimos por litro de combustible repostado.