La inspección francesa fundamenta las infracciones en una interpretación del artículo 34.5 b) apartado IV del Reglamento 165/2014, que entró en vigor en marzo de 2015, que exige que el descanso o pausa deba registrarse con el símbolo "cama", es decir, con el camión parado. Las sancionen suponen un cambio de criterio por parte de las autoridades francesas en la interpretación de las pautas o interrupciones a la conducción.
En España, como en otros países, se permite que la pausa en conducción en equipo se haga con el vehículo en marcha, ya que este es el criterio de interpretación que se sigue en toda Europa, desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia sobre este asunto en 1992.
Asociaciones de transporte, como la CETM, han alertado de este hecho y recomiendan que, cuando se viaje con doble tripulación, las pausas se hagan con el vehículo parado, de la misma forma que con la conducción individual.