Mediante la Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se dispone lo siguiente:
• Los establecimientos de suministro de combustible que dispongan de servicios de aseo deberán facilitar su uso a los conductores profesionales.
• Los centros de carga y descarga deberán facilitar, también, el uso de los servicios de aseo a de los conductores profesionales.
• Las medidas que se pueden exigir a los conductores profesionales para el acceso a los recintos nombrados deben seguir los criterios e instrucciones de prevención que establezca el Ministerio de Sanidad.
• Aquellos establecimientos que cuenten con cocina, servicios de restauración o expendedores de comida preparada deberán facilitar al transportista profesional un servicio de catering.
Aunque las circunstancias serán siendo difíciles, al menos se han dictado disposiciones que garantizan que los transportistas puedan acceder a los servicios de restauración y servicios de aseo. La CETM ha estado en contacto con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y ha solicitado este tipo de medidas para asegurar el bienestar de los conductores que, a pesar de las circunstancias, no han dejado de trabajar.
La orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado se puede consultar aquí:
Ahora se acuerdan de nosotros . Cuando vamos a los sitios y no hay ni un aseo nos tratan animales lidl te hace firmar papeles para descargarte por si te accidentas que no les puedas reclamar el tranporte esta cada día peor solo tenemos obligaciones que compren burros y lo hagan ellos