En el primer caso, el documento de reflexión que el Ministerio de Fomento ha remitido al Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) en el que se debate dicha posibilidad, ha sido el detonante.
En este sentido, desde la asociación se han mostrado totalmente contrarios a ello, tanto en lo que respecta al incremento de la altura de los vehículos de 4 a 4,5 metros, como a la autorización de la circulación en determinadas condiciones de los mega trailers con una longitud de 25,25 metros y una capacidad de carga de 60 toneladas de MMA.
El propio documento especifica que se permite dicha altura siempre y cuando la carrocería de determinados vehículos sea adaptable en altura y diseñada específicamente y homologada para una altura de hasta 4,50 metros, incluidas las cajas abiertas y plataformas. Ocurre que “es preciso definir qué es un vehículo adaptable”, ha afirmado Manuel Perezcarro, secretario general deCETM Frigoríficos.
Todo ello traería consigo tener que realizar grandes inversiones “si queremos mantenernos en el mercado. Además, en transporte internacional, como norma general, no se puede circular con más de 4 metros, con lo cual nos obliga a tener dos flotas diferentes”, ha asegurado Francisco López, presidente de la asociación.
En cuanto a la prohibición de realizar descanso semanal de al menos 45 horas a bordo del vehículo bajo sanción de 30.000 euros y un año de prisión para el empresario que organiza el trabajo de sus trabajadores, desde CETM Frigoríficos han mostrado su más rotundo rechazo, por lo que significa una total incongruencia, teniendo en cuenta además que el Reglamento 561/2006 sobre Tiempos de Conducción y Descanso especifica que el conductor puede disponer “libremente” de su tiempo en el periodo de descanso semanal normal.
En este sentido, Francisco López, ha reivindicado en nombre de la Asociación la modificación de dicho reglamento en el sentido de que el conductor que haga transporte internacional pueda posponer el periodo de descanso semanal hasta 12 periodos consecutivos de 24 horas siguientes a un periodo de descanso semanal regular previo tal y como ocurre en el transporte internacional discrecional de pasajeros, en lugar de los 6 periodos estipulados en mercancías, de manera que pueda hacer dicho descanso en su casa.