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Sábado, 25 Enero 2025

    La Justicia europea apoya la prohibición del descanso semanal en cabina

    Conductor descansando en la cabina de su camión Conductor descansando en la cabina de su camión Transporte Profesional

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia sobre la posibilidad o no de hacer los periodos de descanso semanales normales de los conductores profesionales en el vehículo (45 horas). Ante este litigio, presentado por el Consejo de Estado belga sobre una denuncia hecha a un conductor en Bélgica, se ha tenido en cuenta el informe del abogado general encargado del tema que opina que un conductor no puede tomar en su vehículo los periodos de descanso semanales normales.

    En febrero de 2016, un transportista belga presenta una demanda por una sanción contra un conductor de su empresa que fue multado por hacer el descanso semanal normal en la cabina de su camión. La sanción, que tuvo un coste de 1.800 euros, fue recurrida por la empresa ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

    Según el Reglamento 561/2006, "los Estados miembros establecerán el régimen de sanciones aplicable a las infracciones del reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación. Dichas sanciones serán efectivas, proporcionadas, disuasorias y no discriminatorias" .

    En el mismo reglamento se recoge que "en los casos en que el conductor opte por hacerlo, los periodos de descanso diarios y semanales reducidos, lejos de la base, podrán tomarse en un vehículo, siempre que disponga de las instalaciones adecuadas para dormir para cada conductor y de que el vehículo esté parado".

    Cuestiones planteadas

    La opinión del abogado general del litigio plantea los siguientes interrogantes:

    • ¿Debe interpretarse el Reglamento 561/2006, de tiempos de conducción y descanso, que el descanso semanal normal no se puede tomar en el vehículo?
    • En caso de que así sea ¿vulnera dicho precepto el hecho de que el reglamento no prevé de forma expresa dónde debe hacerse ese descanso?
    • En caso de que no sea así ¿el reglamento permite que los Estados miembro puedan decidir la prohibición de disfrutar en el vehículo los periodos de descanso semanales normales?

    Decisión del Tribunal de Justicia de la UE

    • El Tribunal responde a la primera pregunta que el citado reglamento debe interpretarse en el sentido de que un conductor no puede tomar en su vehículo los periodos de descanso semanales normales.
    • El mismo Tribunal estima que la segunda cuestión no ha puesto de manifiesto ningún elemento que pueda afectar a la validez del Reglamento 561/2006 con relación a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
    • Por último, el Tribunal de Justicia estima que, contestada la primera pregunta, no procede responder a la tercera cuestión.

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

    2 comentarios

    • Petro Dzhochka
      Enlace al Comentario Petro Dzhochka Viernes, 12 Enero 2018 20:22

      Francia ja constroui novo arias os servico. Portanto, aquilos os local sem hotel para descanso a motorista. Aqcho: exsemplo- parque estacionamento com 50 lugar tem ficar com 50 lugares para motorista . Empresa tem pagar isso, porque a fim semana camion esteve fora de pais. No Comunidad Europea nao organizado nestas negocias, so justicia cria novos os leis.

    • Oliver Huesmann
      Enlace al Comentario Oliver Huesmann Viernes, 12 Enero 2018 16:02

      Vaya lio se esta formando con este tema.

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