Dicha medida se ha plasmado en el Reglamento europeo 2021/953, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el pasado 15 de junio, por el que se establece el marco regulatorio armonizado en todos los Estados miembros para la expedición, verificación y aceptación de certificados Covid-19 interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación con el fin de facilitar la libre circulación en todo el territorio de la Unión durante la pandemia.
El nivel de vacunación completo en la Unión Europea apenas alcanza el 30% del total de la población
Desde que dicha medida fuera anunciada, las asociaciones de transporte han mostrado su preocupación de que la exigencia del pasaporte sanitario en los pasos fronterizos pueda suponer un obstáculo para el normal desarrollo de la actividad del transporte por carretera, sobre todo de los conductores profesionales que realizan transporte internacional. Hay que tener en cuenta que el nivel de vacunación completo en la Unión Europea apenas alcanza el 30% del total de la población, y que el colectivo de transportistas no ha sido incluido entre los grupos de vacunación preferente hasta ahora, pese al carácter esencial de su actividad.
Ha sido Italia quien, sensible a las necesidades del transporte por carretera y con el fin de facilitar su actividad, ha acordado exceptuar de tal obligación a los transportistas extranjeros que accedan a su territorio, exigiendo sólo que cumplimenten una Declaración de Desplazamiento, tanto de modo online como en papel.