
El ministerio de transporte holandés, a través del Ministerio de Fomento español, ha informado de que la inspección holandesa sanciona con 1.500 euros el descanso semanal regular en cabina, al no estar contemplado en el Reglamento 561/2006. Dicho reglamento ya establecía la obligación de hacer un descanso semanal de más de 45 horas cada dos semanas, pero no especificaba dónde. Ahora, son los Estados miembros los que están regulando dónde no se puede hacer.
El Reglamento 561/2006 define el término "descanso" como cualqueir periodo ininterrumpido en el que el conductor dispone libremente de su tiempo. Por su parte, el descanso semanal regular es cualquier periodo de descanso de, al menos, 45 horas.
La norma holandesa sanciona al empleador (es decir, al empresario de transporte) de conocer esta disposición y de permitirle al conductor regresar al lugar donde se encuentra su base o de proporcionarle instalaciones suficientes para descansar. Para evitar multas, la inspección le informa que debe avisar a su empleador sobre esta prohibición, lo que le permitirá implementar medidas adecuadas.
Para más información, las autoridades holandesas ofrecen un número de teléfono de información: +31 88 489 00 00.
<p>
</p>