Los ministros de Empleo de los Estados miembros han conseguido un acuerdo para la reforma de la Directiva de trabajadores desplazados. Mientras que España y Francia consiguieron un acuerdo previo respecto a su aplicación al sector del transporte por carretera, se obtuvo un principio de compromiso, con los votos en contra de varios países del Este o Irlanda.
Conviene recordar que la Directiva de trabajadores desplazados es de aplicación a cualquier trabajador, más allá del transporte por carretera, por eso es competencia de los ministros de Empleo.
Los puntos en los que los ministros se pusieron de acuerdo son los siguientes:
- La remuneración de los trabajadores, en paralelo con el país en el que prestan el servicio, la consideración
- La consideración de trabajador desplazado por un periodo de 12 meses (extensible hasta 18 meses a petición de la empresa)
- La aplicación de los convenios colectivos y el mismo trato que a los trabajadores temporales de agencias y trabajadores locales
- Un periodo de transposición de la Directiva de tres años más uno antes de su aplicación
El resultado del Consejo de Ministros alcanzado no supone que la Directiva general de trabajadores desplazados deje de aplicarse al transporte por carretera, ya que no es definitivo en la modificación de dicha Directiva, ya que aún está pendiente la tramitación en el Parlamento Europeo.