
Aunque el dictamen no es vinculante, este tipo de fallos suele resultar refrendado por el Tribunal Europeo de Justicia en el 80% de los casos. El litigio se inició por una empresa de transporte establecida en Cataluña, que reclamó que le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto, alegando que era ilegal. El caso terminó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.
Según Nils Whal, el céntimo sanitario "es contrario a la directiva sobre los impuestos especiales" porque no cumple los dos requisitos que exige la norma para este tipo de gravámenes: el de una finalidad específica no presupuestaria y el de respetar el sistema general de los impuestos especiales para la determinación del devengo.
Además, ha señalado que "España parece haber asumido deliberadamente el riesgo de seguir adelante con una legislación controvertida y, en consecuencia, dicha legislación se ha aplicado durante años en perjuicio del consumidor final y del mercado interior".
La noticia ha sido acogida con satisfacción por la CETM, que ha facilitado a todas sus empresas de transporte afiliadas que, de forma voluntaria, quieran reclamar la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos.