Martes, 01 Abril 2025

    El Parlamento Europeo aprueba el texto del Reglamento del Euro 7

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    Los miembros del Parlamento Europeo han dado luz verde a nuevas normas de la Unión Europea para reducir las emisiones de automóviles de pasajeros, furgonetas, autobuses, camiones y remolques, en el contexto de la sesión plenaria.

    Con 297 votos a favor, 190 en contra y 37 abstenciones, el Parlamento adoptó el acuerdo alcanzado con el Consejo sobre la regulación EURO 7 (Reglamento de Homologación de tipo de los vehículos de motor y los motores en lo que respecta a sus emisiones y a la durabilidad de las baterías). Los vehículos deberán cumplir con los nuevos estándares durante más tiempo, asegurando que se mantengan más limpios durante toda su vida útil. Además, se implementarán modificaciones para abordar la contaminación generada por el desgaste de los frenos y los neumáticos. 

    En noviembre de 2022, la propuesta de La Comisión Europea abogaba por la implementación de los nuevos estándares en 2025 para vehículos ligeros, como turismos y furgonetas, y en 2027 para vehículos pesados, incluyendo camiones y autobuses. Sin embargo, en el acuerdo alcanzado, los camiones tendrán que cumplir con la normativa a partir de 2028 (Art. 21), rebajando la ambición de la propuesta original de la Comisión Europea.

    De forma excepcional, la revisión (Art. 10.9) contempla que los vehículos fabricados por pequeños fabricantes puedan posponer la implementación de la normativa hasta el 1 de julio de 2030 para coches y furgonetas, y hasta el 1 de julio de 2031 para autobuses y camiones.

    Como innovación significativa, la normativa EURO 7 incorpora límites (Anexo I) de partículas para frenos y neumáticos, marcando un hito en la evolución de la regulación comunitaria que se inició en 1992 con el objetivo de reducir las emisiones de CO2 y la liberación de partículas contaminantes de los vehículos. Con relación a los autobuses y camiones, el nuevo texto establece límites más estrictos para varios contaminantes, incluidos contaminantes que no estaban regulados en EURO VI, como el óxido nitroso (N2O), pero se mantienen las actuales condiciones de ensayo (Anexo III) fijadas en el Reglamento EURO 6. Además, introdujeron requisitos de vida útil más estrictos para todos los vehículos, tanto en términos de kilometraje como de vida útil (Anexo IV).


    La nueva regulación mantendrá los límites máximos de emisiones por tubo de escape en línea con los estándares actuales, tanto para vehículos pesados como para vehículos ligeros


    Esos parámetros seguirán actualizándose más allá de 2035 (considerando (30); Anexo I, cuadro 8), fecha a partir de la que no se podrán vender en la Unión Europea nuevos vehículos que emitan dióxido de carbono, pero la normativa mantendrá los mismos niveles máximos de emisiones por tubo de escape que la que está vigente. La normativa acordada también establece requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de la batería en su Anexo II.

    Asimismo, se prevé un Pasaporte Medioambiental del Vehículo, con información sobre el comportamiento medioambiental del vehículo en el momento de la matriculación (como límites de emisiones contaminantes, emisiones de CO2, consumo de combustible y energía eléctrica, autonomía eléctrica, durabilidad de la batería, etc.). Los usuarios de éstos tendrán acceso a información actualizada sobre datos como el consumo de combustible, el estado de las baterías, o las emisiones contaminantes.

    Fechas de entrada en vigor del Reglamento sobre Euro 7

    En cuanto a las fechas de entrada en vigor (Art. 21), el Reglamento tendrá efecto a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Una vez en vigor, los plazos concretos de aplicación serán:

    • 30 meses para nuevos tipos de coches y furgonetas, y 42 meses para vehículos nuevos
    • 48 meses para los nuevos tipos de autobuses, camiones y remolques, y 60 meses para los vehículos nuevos
    • 30 meses para los nuevos sistemas, componentes o unidades técnicas independientes que se instalen en turismos y furgonetas, y 48 meses para los que se instalen en autobuses, camiones y remolques.

    El texto del acuerdo deberá ser adoptado formalmente por el Consejo, para su posterior firma y publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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