
Las ayudas del plan "Renove 2020" se concederán de forma directa y pueden ir desde los 300 hasta los 4.000 euros, según el tipo de vehículo y del beneficiario. Se podrá contar con 500 euros adicionales en el caso de achatarramiento de un vehículo de más de veinte años, de beneficiarios con movilidad reducida o aquellos que pertenezcan a hogares con ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros. Pueden optar a las ayudas del plan "Renove 2020" las adquisiciones de vehículos realizadas desde el 16 de junio de 2020. El programa finalizará el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se agote el crédito habilitado a tal efecto.
Se estima que este plan va a tener un impacto económico para España de 1.104 millones de euros a lo largo de toda la cadena de valor y de los servicios asociados, y que va a contribuir al mantenimiento de 7.400 empleos en el sector.
Dentro del transporte profesional, los vehículos susceptibles de recibir las ayudas son:
- Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas
- Furgones o camiones ligeros N2: Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas, pero no supere las 12 toneladas
- Furgones o camiones N3: Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima sea superior a 12 toneladas
Vehículos menos contaminantes
Los modelos de vehículos de la categoría M1 y el resto de categorías que utilicen combustibles alternativos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de Vehículos del IDAE, (http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programaMOVES), y aquellos pertenecientes a las categorías M y N, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Vehículos convencionales propulsados totalmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo:
b) Vehículos propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles alternativos, homologados como GLP/Autogás, Gas Natural Comprimido (GNC), Gas Natural Licuado (GNL), o bifuel gasolina-gas.
c) Vehículos eléctricos puros (BEV), propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente exterior al vehículo, por ejemplo, la red eléctrica.
d) Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV), propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente exterior al vehículo y que incorporan motor de combustión interna de gasolina o gasóleo para la recarga de las mismas.
e) Vehículos híbridos enchufables (PHEV), propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos cuya energía procede, parcial o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente exterior al vehículo, por ejemplo, la red eléctrica. El motor eléctrico deberá estar alimentado con baterías cargadas desde una fuente de energía externa.
f) Vehículos híbridos (HEV), propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos cuya energía procede, totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía generada internamente por el propio vehículo. g) Vehículo eléctrico de células de combustible (FCV), que utiliza exclusivamente energía eléctrica procedente de una pila de combustible de hidrógeno embarcado.
h) Vehículo eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV), que equipa, además, baterías eléctricas recargables.
Los vehículos de las categorías M1 y N1 deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Estar clasificados en alguna de las siguientes categorías, según se establece en la Resolución de 13 de abril de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se modifica el apartado C.1 del punto primero y los anexos I, II y VIII de la de 8 de enero de 2016, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016:
CERO emisiones: vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
Una tabla de salvación, según Ganvam
El presidente de la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM), Raúl Palacios, ha calificado el Plan Renove de "tabla de salvación" y ha agradecido el esfuerzo y la sensibilidad mostrada por el equipo de Gobierno al reconocer la automoción como una prioridad, si bien recuerda que "el apoyo al vehículo de ocasión hubiera acelerado la renovación del parque, empujando los objetivos y el espíritu de este programa de incentivo al achatarramiento".
De esta forma, la patronal de la distribución sale al paso de la aprobación en Consejo de Ministros extraordinario de una de las principales medidas contenidas en el plan de impulso a la automoción, caracterizada por el apoyo a la compra de vehículos sin discriminar por tipo de propulsión, zanjando incertidumbres para los conductores y reconociendo la eficiencia de cualquier modelo de última generación.
En este contexto, Raúl Palacios -que valora que el Ejecutivo haya escuchado al sector al tener en cuenta el criterio social para acceder a las ayudas- el apoyo al vehículo matriculado de hasta tres (o incluso cinco años) "hubiera facilitado en mayor medida el acceso de estas familias con rentas más bajas a una solución de movilidad eficiente; máxime cuando los vehículos Euro 6, que cumplen con la normativa anticontaminación, pueden adquirirse por un precio hasta un 50% más bajo que cuando eran nuevos, lo que, de forma natural, amplía la ayuda sin necesidad de incorporar incentivos económicos adicionales y aumenta el ritmo de renovación del parque".
Con las condiciones actuales del plan -que permite la adquisición de usados matriculados a partir del 1 de enero de 2020- apenas un 2% del estocaje actual de las redes de distribución (unas 5.000 unidades), puede acogerse a los incentivos a la compra, obligando a los distribuidores a rebajar en cadena el precio de los seminuevos para que sigan conservando su atractivo frente al nuevo.
“Con el apoyo al vehículo de ocasión se hubiera favorecido la progresividad en el precio de los vehículos según antigüedad en lugar de una desposición brusca, por no hablar del efecto psicológico global que se produce sobre el resto de usados no subvencionables, lo que, sin duda, hubiera imprimido mayor velocidad al rejuvenecimiento del parque”, afirma Palacios.