
El objeto de sus funciones pasa por gestionar los procesos de reestructuración de entidades de crédito y contribuir a reforzar sus recursos propios en los procedimientos de integración entre entidades. Con todo, las medidas de reestructuración o resolución que adopte el FROB deberán comunicarse a la Comisión Europea o a la Comisión Nacional de la Competencia (la CNC), a efectos de lo establecido en la normativa en materia de ayudas de Estado y defensa de la competencia.
El Fondo se enmarca dentro de las medidas y planes de rescate e incentivación de la economía puestos en marcha por los distintos gobiernos y autoridades monetarias. Así, la dotación inicial del FROB ha sido de 9.000 millones de euros, de los que 6.750 millones de euros se financian con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y los remanentes parten del Fondo de Adquisición de Activos Financieros, mientras que los 2.250 millones restantes han sido aportados por los diferentes fondos de garantía de depósitos de bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
La administración del Fondo de Reestructuración de Ordenada Bancaria corre por cuenta de una comisión gestora presidida por el subgobernador del Banco de España, Fernando Restoy, y está integrada por ocho miembros: cinco propuestos por el propio Banco de España y tres en representación de los fondos de garantía de depósitos.
Al mismo tiempo, el FROB está capacitado para intervenir en los procesos de fusión, absorción y concentración de entidades de crédito, adquiriendo participaciones preferentes convertibles en acciones, cuotas participativas o aportaciones de capital social emitidas por éstas que deberán ser recompradas en cinco años. En caso contrario, el Fondo ejercerá su derecho y entrará en el capital de la entidad afectada.