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Sábado, 11 Enero 2025

    Publicadas las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad

    abandono actividad transporte

    Ya está publicado en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria para el año 2013 de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 5 de febrero y finaliza el 4 de marzo.

    Según se recoge en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre, sobre la edad mínima que se establece en cada convocatoria, podrán acogerse a las ayudas los transportistas que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:

    • Tener una edad igual o superior a 63 años o haber recibido la declaración de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
    • Ser titular de una autorización vigente de transporte público de mercancías o viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias.
    • Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años, de una de las autorizaciones indicadas (mercancías o viajeros), con un máximo de tres copias, o bien de ambas con un máximo total de tres copias. Se permitirá una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo no superior a los tres meses.
    • Estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los últimos 10 años de forma ininterrumpida, permitiendo una única interrupción por un plazo que no supere los tres meses.
    • Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, renunciando a todas las autorizaciones de que fuera titular.
    • No haber desaprovechado otras ayudas por abandono de actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores.

    Tambien podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la orden aquellos transportistas de mercancías que, reuniendo los demás requisitos, hubieran constituido una sociedad mercantil unipersonal que fuera titular de la autorización de transporte público de mercancías, siendo el beneficiario el único socio.

    Para ello, habrá que acreditar documentación y, mediante certificación del registro mercantil, que la sociedad ha sido unipersonal durante los últimos 10 años.

    El Ministerio de Fomento ha concedido para estas ayudas una dotación de 11.350.000 euros.

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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