La tramitación de bajas definitivas en las Jefaturas Provinciales de Tráfico sólo se permite cuando sean bajas por traslado a otro país, las de vehículos de época o históricos, con valor de colección o destinados a museos, en funcionamiento o desmontados por piezas o las de vehículos que materialmente no existen. El resto de bajas serán de tramitación obligatoria en el Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).
Entrega del vehículo en el Centro Autorizado de Tratamiento
El Procedimiento comienza con la entrega del vehículo en el CAT. Además de la entrega del vehículo se deberá aportar la solicitud de baja del vehículo, que deberá incluir una declaración jurada que indique que el solicitante tiene facultad de disposición sobre el vehículo.
También se entregarán los documentos sobre identidad y/o representación además del permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica del vehículos o declaración jurada de haberlos extraviado. El Centro Autorizado de Tratamiento emitirá el certificado de "tratamiento medioambiental" y se encargará del tratamiento del vehículo.
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