
Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009 de 17 de noviembre, modificada por la Orden FOM/2835/2012 de 17 de noviembre (BOE de 1 de enero de 2013).
Según la base reguladora, en primer lugar se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista. En cuanto a los demás beneficiarios, se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en el listado de beneficiarios.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 12 de marzo de 2016.
Hola, Hugo:
Para ser transportista autónomo, lo primero que tienes que hacer es obtener el CAP (Curso de Aptitud Profesional). Es el que capacita para ser gestor de una empresa de transporte. Además, tienes que cumplir otros dos requisitos: capacidad económica (tener tres vehículos) y la honorabilidad. Tienes más información en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Puedes pinchar aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l16-1987.html Ve directamente a la sección II, capítulo 1º