El pasado 10 de marzo, el Grupo Buytrago comunicó a los representantes de los trabajadores la apertura de procedimiento de despidos colectivos, en la que se encontraban afectados todos los trabajadores de las empresas del grupo.
La sentencia de la Audiencia Nacional considera demostrada la existencia de un entramado empresarial, encontrando "una promiscuidad relevante en materia patrimonial y de plantillas". La Justicia considera que no se puso en juego en el periodo de consultas el cuantioso patrimonio inmobiliario existente, máxime cuando se alegó la imposibilidad de hacer frente a los salarios e indemnizaciones pendientes de pago a los trabajadores.
Previamente, y según el sindicato Comisiones Obreras, la empresa había cesado en la actividad a principios del mes de marzo, no recogiendo la mercancía de los clientes y cerrando los centros de trabajo, algo que ha sido criticado por el sindicato, ya que lo considera "una maniobra empresarial con efectos liquidatorios, dejando sin trabajo efectivo a todos los empleados".
En el juicio celebrado el 20 de noviembre, se puso de manifiesto la actitud previa de la empresa, así como la no inclusión dentro del proceso de los despidos colectivos a la empresa patrimonial Anylu SA, que es donde estaban incluidos la mayoría de los activos de la empresa.