
Aunque la Orden entró en vigor el día siguiente, los cambios en las masas y dimensiones entraron vigor tres meses más tarde, es decir, el 23 de octubre de 2025, excepto para los vehículos cisterna, que lo hizo a los seis meses, esto es, el 23 de enero de 2026. Hace unos días se ha cumplido un año de su entrada en vigor, sin que por el momento se haya llegado a un consenso para modificar también la Directiva europea sobre pesos y dimensiones.
Hay que recordar que los cambios introducidos en el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos a través de la citada orden solo afectan a los transportes de ámbito nacional, no así para los transportes transfronterizos aunque ambos países, el de origen y el de destino, tengan establecidas las 44 toneladas en sus respectivos ordenamientos jurídicos.
Inclusión en el Observatorio de Costes de Transporte de Mercancías
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aprobó unas semanas después a su entrada en vigor la inclusión en el Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías de una nueva categoría de vehículo articulado de carga general de 44 toneladas. Esta referencia oficial permite a los transportistas disponer de un marco de costes específico para los vehículos que operen con este nuevo tonelaje.
Según los datos referidos al 31 de julio de 2026, el coste total explotación de este tipo de vehículo (vehículo articulado de carga general con una MMA igual a 44 toneladas) asciende a 181.227,27 euros, un 6,06% superior al coste total de explotación para un articulado de carga general de 40 toneladas.


































