La Unión Europea ha publicado una directiva que obliga a las empresas a pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 30 días. Los Estados miembros velarán por que, en las operaciones comerciales entre empresas, el acreedor tenga derecho a intereses de demora, sin necesidad de aviso de vencimiento, y en los casos en que el acreedor haya cumplido sus obligaciones contractuales y legales y el acreedor no haya recibido la cantidad adeudada a tiempo, a menos que el retraso no sea imputable al deudor.
En estos casos, el acreedor tendrá derecho a un interés de demora a partir del día siguiente a la fecha de pago o al término del plazo de pago que se fije en el contrato.
La finalidad de la directiva es establecer medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales realizadas entre empresas o entre empresas y poderes públicos que den lugar a la entrega de bienes o a la prestación de servicios.
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