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Sábado, 25 Enero 2025

    EL TACÓGRAFO-Controlar el trabajo de los autónomos

    María Fernanda

    María Fernanda Martínez Sierra

    Los trabajadores autónomos no serán excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles de transporte por carretera (Directiva 2002/15/CE), según acaba de decidir la Eurocámara en contra de la propuesta de la Comisión Europea y del informe de la europarlamentaria Edit Bauer, que no han contado con la aceptación suficiente. Y no serán excluidos porque el verdadero debate no era su inclusión, sino su exclusión de la misma, ya que el texto prevé que, de no decidirse lo contrario, los autónomos se verían afectados de forma automática por la Directiva desde el 23 de marzo de 2009.

    Los contrarios a la exclusión de este colectivo argüían que el primer objetivo de la Directiva, preservar la seguridad y la salud de los conductores, no se lograría si se excluyese a buena parte de los trabajadores del sector como si no fueran titulares de ese derecho básico. Lo mismo ocurriría –pensaban- con el segundo objetivo, mejorar la seguridad vial, ya que los autónomos conducen por las mismas carreteras que los asalariados. Dejar fuera a este colectivo tampoco parecía una medida adecuada, en su opinión, para aproximar las condiciones de competencia, el tercer objetivo de la norma, pues los empresarios deberían encontrar las mismas reglas de juego si contratasen a un trabajador asalariado o los servicios de un trabajador por cuenta propia.

    “No aprobar una norma por las dificultades que pueda tener el control de su cumplimiento no parece que sea un argumento de recibo”

    El argumento esgrimido por Bauer era, para algunos, de peso: regular el horario de los autónomos sería una contradicción por pura definición. La eurodiputada recurría a otra razón, y es que la falta de medios de la UE para controlar un volumen tan alto de conductores, y el coste que supondría llevar a cabo las inspecciones, haría inviable la aplicación de la Directiva.


    En ocasiones resulta más práctico atenerse a la realidad de que los Gobiernos no cuentan con los suficientes medios para inspeccionar la actividad económica. Pero también es cierto que no aprobar una norma por las dificultades que pueda tener el control de su cumplimiento no parece que sea un argumento de recibo; imagínense si trasladamos ese razonamiento a otros terrenos como el terrorismo, el tráfico de drogas o la explotación sexual.

    El informe de Bauer discernía entre los denominados “falsos autónomos” y los “auténticos autónomos”, lo que tampoco es tarea fácil en el ámbito europeo ya que no se cuenta con una definición común de relación de empleo en cada Estado miembro. Es de prever que se intente ordenar la distinción entre falsos y auténticos autónomos y que se haga desde posiciones de consenso. Pero ése es otro debate.

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