Los servicios con los que comienza este programa salen de los puertos de Barcelona, Bilbao, Valencia, Sagunto, Santander y Vigo con destino a puertos ubicados en otros países de la Unión Europea como Bélgica, Francia, Irlanda e Italia.
Según la base de la convocatoria, son potenciales beneficiarios del ecoincentivo marítimo todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.
Deben embarcar unidades elegibles (remolques, semirremolques o vehículos pesados rígidos) en un buque ro-ro, con-ro o ro-pax en lugar de utilizar la carretera para trasladar la mercancía a su destino final.
El 28 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la “Orden Ministerial de 26 de abril de 2023 por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024”, que dará continuidad al programa de ecoincentivos marítimos iniciado en 2022.
En el anexo II de la Orden Ministerial se detallan los servicios elegibles y el valor del ecoincentivo asociado
El 21 de febrero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la Orden por la que se modifica la Orden Ministerial por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea –Next Generation EU para el periodo de elegibilidad 2023-2024, donde se informa del cambio producido en el Anexo II “Relación de servicios elegibles y valor del ecoincentivo”, siendo aplicable desde el 8 de noviembre de 2023 y del Servicio sustitutivo del servicio BRI_BIO –ROS, vigente para el periodo comprendido entre el 8 de noviembre de 2023 y el 24 de marzo de 2024.
Dónde informarse y presentar la documentación para acceder al ecoincentivo marítimo
La solicitud se debe hacer de manera electrónica a través del siguiente enlace: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/ECOINCETIVO_MARITIMO/
Y en el siguiente enlace se puede encontrar la documentación necesaria para presentar la solicitud: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/ECOINCETIVO_MARITIMO/Doc_solicitud_2_convocatoria.htm