El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la impugnación del convenio colectivo del sector de la logística, paquetería y actividades anexas al transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid por diferentes motivos, tanto de forma en la composición de la comisión negociadora (en concreto, por la falta de legitimación en el banco empresarial) como de fondo, por considerar que se desvirtúa de forma artificial el ámbito de aplicación del convenio.
Según Atradice, la sentencia no es firme, por lo que la asociación Comat promoverá la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ya que "no se comparten los argumentos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid".
Desde la asociación madrileña de empresas de transporte, integrada en Conetrans, se recuerda que el convenio colectivo de la logística, paquetería y actividades anexas al transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid excluye expresamente de su ámbito de aplicación a las empresas que tengan como actividad principal el transporte de mercancías, donde se recogen "unas tablas salariales absolutamente desproporcionadas e inasumibles apra las empresas de nuestro sector".