Ello llega por el documento a modo de “reflexión” que el Ministerio de Fomento ha remitido al Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), en el que se anuncia la posibilidad de un cambio en la actual normativa que, por lo pronto, afectaría a la altura de los camiones, que pasaría de 4 a 4,50 metros, además de autorizarse en determinadas condiciones la circulación de los denominados “mega trailers” con una longitud de 25,25 metros frente a los 16,50 metros actuales y una capacidad de carga de 60 toneladas.
El documento en sí, aseguran desde CETM Frigoríficos, "ofrece una redacción compleja y equívoca, y afecta a la seguridad jurídica", por lo que desde el punto de vista formal "es absolutamente rechazable".
En cuanto al fondo de la cuestión, que responde a la presión que están ejerciendo determinados cargadores de llevarse a cabo, "dicha modificación ocasionaría al sector del transporte unos perjuicios irreparables, ya que supondría realizar costosas inversiones en material rodante al dejar obsoleto el que se dispone en la actualidad y, en el caso de los frigoríficos, conllevaría un coste adicional por la obligatoria destrucción de los furgones al considerarse residuos peligrosos".
Además, "al transportista le resultaría imposible repercutir estas inversiones en el precio del transporte, ya que el incremento de la capacidad de los vehículos produciría un aumento de la oferta y, en el mejor de los casos, se transportaría más por el mismo precio" han señalado fuentes de la asociación.
Otro factor negativo, según la asociación, estaría relacionado con el aumento de los consumos de los vehículos, al incrementarse el coeficiente de penetración aerodinámica y, por tanto, la resistencia al avance.
Llegar a los 4,50 metros de altura, por su parte, "supondría un incremento de la superficie lateral y subiría el centro de gravedad de los camiones, haciéndolos más inestables y peligrosos en caso de viento transversal o curvas cerradas, con lo que el riesgo de vuelco sería mayor".
Además, los vehículos con estas dimensiones no están autorizados para realizar transporte internacional, al establecerlo así la normativa europea, por lo que las empresas de transporte que hacen transporte nacional e internacional se verían obligadas a disponer de dos flotas diferentes, reduciendo la competitividad de los vehículos de transporte internacional en los tráficos nacionales así como la flexibilidad de la empresa, lo que repercutiría en un mayor coste de los precios del transporte internacional afectando a la competitividad de nuestras exportaciones.
Con relación a los megatrailer que, de la misma manera, tienen prohibido el tráfico transfronterizo y sólo se podrán autorizar bajo determinadas condiciones, la medida favorecería a aquellas empresas cargadoras que disponen de centros de distribución cercanos a las autovías, con lo que incrementarían su competitividad frente aquellas que no cuentan con la ubicación idónea para la utilización de estos camiones.