El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Mundo Marino ha publicado un proyecto de Orden Ministerial con el objetivo de establecer un calendario para exigir esa garantía financiera y llevar a cabo el pertinente análisis de riesgos, necesario para poder hacer el cálculo.
El proyecto se ha marcado un plazo de cumplimiento para el sector del transporte de cinco años a partir de la fecha de publicación de esta Orden Ministerial.
En este sentido, hay que tener en cuenta que esta Orden Ministerial sólo exime a las empresas de la responsabilidad administrativa de disponer de una garantía financiera, pero nunca del cumplimiento de la Ley y de su espíritu, es decir: “el que contamina paga y restaura.
En consecuencia, y hasta que pasen cinco años desde la publicación de la Orden Ministerial no será obligatorio, por una cuestión de prudencia ante los posibles gastos (que se suponen muy elevados tras la entrada en vigor de esta nueva Ley) derivados de una contaminación medioambiental en la que se podrían ver involucradas las empresas de transporte, la CETM recomienda cubrir este riesgo potencial mediante la contratación de una póliza de seguros exclusiva para este aspecto.
Para ello, podrán contactar con CETM SEGUROS (Ramón Menéndez: 917 444 740; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
Por otra parte, desde la CETM se ha solicitado al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Mundo Marino que se unifiquen las garantías y límites exigidos por las distintas comunidades autónomas. También se ha trasladado esta misma preocupación para el caso del transporte internacional y las exigencias de los distintos países de la Unión Europea.