El pasado 12 de abril se reunieron Administración, Comité Nacional del Transporte por Carretera y las asociaciones de cargadores para suscribir un acuerdo que llevaban tiempo desarrollando. El documento consta de 14 puntos que marcarán la pauta en las relaciones contractuales entre las partes, y que ambas se comprometerán a respetar a partir del 19 de abril, fecha en que se producirá la firma oficial del documento.
El texto que se va a firmar es el siguiente:
1- Divulgar los principios establecidos en la aplicación del Código de Buenas Prácticas Mercantiles, consensuado en el año 2000.
2.-Rechazar las prácticas de abuso de posición de dominio por cualquiera de las partes.
3.-Instar a todas las partes que contratan servicios de transporte de realizar los pagos por el servicio en los plazos máximos establecidos en la Ley de Contrato de Transporte y Ley de Morosidad.
4.-Instar a cargadores y transportistas a la renovación voluntaria de los contratos de larga duración firmados antes de la entrada en vigor de la Ley de Contrato del Transporte.
5.-Instar a aplicar la obligación de revisar el precio del transporte por carretera en función de la variación de precio del gasóleo.
6.- Instar a la aplicación de la cláusula de indemnización por paralización del vehículo por causas no imputables al porteador.
7.-Fomentar la transparencia y seguridad en la cadena del transporte.
8.-Difundir y publicitar los datos del Observatorio de Costes elaborado por el Ministerio de Fomento.
9.-Compromiso de llevar al Observatorio de Costes la información sobre el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones contratadas.
10.-Exigir de los servicios de defensa de la competencia el control de los mercados y de los criterios con los que las empresas comercializadoras establecen los precios de los combustibles.
11.-Solicitar al Ministerio de Industria la publicación del precio de venta al público medio de referencia del gasóleo, al menos, con carácter semanal.
12.-Solicitar al Gobierno que inicie la tramitación legislativa para eliminar el denominado "céntimo sanitario".
13.-Solicitar a la Dirección General de Transportes Terrestres que haga un seguimiento constante del cumplimiento de la Ley de Morosidad, incorporando los datos del Observatorio de Precios.
14.-Las tres partes se compromenten a la creación y puesta en funcionamiento de una comisión de seguimiento del nivel de cumplimiento de esos acuerdos. Se reunirá cada tres meses y en cualquier momento, a instancia de cualquiera de las partes.