La resolución se puede encontrar en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono
Se recuerda a todos los beneficiarios que tienen hasta el 2 de noviembre de 2021 para presentar toda la documentación relacionada con el artículo 10 de la Orden FOM/3218/2009 de 17 de noviembre.
Documentación por aportar por los transportistas beneficiados por las ayudas
1. Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte público y auxiliar y complementaria del transporte en calidad de empresario
2. En su caso, declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título o títulos de capacitación profesional en otra empresa de transporte
3. Certificado de baja de la autorización o autorizaciones expedido por la comunidad autónoma correspondiente, en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad de transportista
4. En caso de ser titular del correspondiente permiso de conducción, justificante de la renuncia definitiva al permiso de conducción válido para vehículos de transporte de mercancías de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción.