
Los requisitos que deben cumplir los aspirantes a las ayudas por el cese de la actividad del transporte son:
- Tener una edad superior o igual a 64 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total.
- Ser titular de forma ininterrumpida, durante los últimos 10 años, de un máximo de tres autorizaciones de transporte público de mercancías para vehículo con capacidad de tracción propia.
- Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social de forma ininterrumpida en los últimos 10 años, con una sola interrupción que no supere los tres meses.
- Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, renunciando a todas las autorizaciones de que fuera titular.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores, por haber renunciado a ellas o no haber aportado la documentación necesaria para su cobro.
- Podrán ser beneficiarios los transportistas que, reuniendo los demás requisitos, hubieran constituido una sociedad mercantil unipersonal que fuera titular de la autorización de transporte público de mercancías, siendo el beneficiario, el socio único.
Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, es decir, la fecha límite para presentar las solicitudes será el 9 de abril de 2018.
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