
Durante tres años consecutivos los sucesivos Gobiernos han ido prorrogando el régimen de módulos para el sector del transporte por carretera, manteniendo el límite de facturación anual establecido en el año 2016, en concreto 125.000 euros, lo que en la práctica permitió que pudieran continuar acogidos la práctica totalidad de los transportistas autónomos titulares de un vehículo pesado, quedando en consecuencia aplazada la entrada en vigor del nuevo límite inferior debido a las sucesivas prórrogas aprobadas.
La Agencia Tributaria ha publicado cada año la estadística “Rendimientos de actividades económicas”, en la que se analizan y comparan los principales datos sobre tributación de las actividades empresariales de los autónomos en los regímenes de estimación objetiva (módulos) y de estimación directa.
Durante 2016, el número total de autónomos acogidos al régimen de módulos, que suponen en su conjunto 436.683 empresarios aproximadamente una cuarta parte, en concreto 113.179, pertenecen al sector del transporte por carretera en sus diferentes subsectores. Ello contrasta con los autónomos del sector del transporte por carretera acogidos al régimen de estimación directa, que apenas representa 26.788 contribuyentes.
Esta estadística de la Agencia Tributaria pone de relieve la importante diferencia existente en el tipo de tributación efectivo entre ambos colectivos: así mientras los autónomos en módulos en el sector del transporte por carretera tributan tan sólo al 2’15% (frente a una media para el conjunto de los sectores empresariales acogidos al régimen de módulos del 7’27%), por contra a los autónomos acogidos a estimación directa se les aplica un tipo efectivo atribuible del 20’60% (similar al 20’83% de media en el conjunto de sectores empresariales acogidos a dicho régimen de estimación directa).