
Dichas ayudas serán gestionadas por las comunidades autónomas a través de sus propias convocatorias, que ya han puesto en marcha algunos gobiernos autonómicos y otras lo harán en las próximas semanas. El objetivo es destinarlas tanto al achatarramiento de vehículos como a la compra de vehículos propulsados por energías alternativas y el retrofit o transformación de los actuales motores de propulsión por diésel hacia vehículos eléctricos o de hidrógeno, dejando fuera la adquisición de camiones diesel nuevos de última generación, e incluso los propulsados por gas natural GNL o GNC, aunque sí se podrán acoger la compra de autobuses propulsados a gas.
Requisitos para acceder a las ayudas
Por lo que respecta a la línea de ayudas para el achatarramiento, ésta se aplica a todos los vehículos de transporte en circulación matriculados con anterioridad al 1 de enero de 2019, siempre que cuenten con una autorización de transporte, al menos, en los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda. Como novedad, el Gobierno ha flexibilizado el requisito previsto respecto a tener el vehículo con la ITV en vigor, eximiendo la obligación de que los vehículos a achatarrar tengan la revisión técnica pasada para facilitar, de este modo, que un mayor número de vehículos puedan acogerse a las ayudas.
El importe de las cuantías establecidas para el achatarramiento se establece en función de la categoría del vehículo y su antigüedad, así como el nivel de emisiones Euro y el tipo de destinatario, quedando de la siguiente manera:
Categoría vehículo |
Euro V o EEV |
Euro 4-Euro 3 |
Euro 2 y anteriores |
M2 |
20.000 euros |
9.000 euros |
4.000 euros |
M3 |
25.000 euros |
12.000 euros |
6.000 euros |
N2 |
12.000 euros |
5.000 euros |
2.500 euros |
N3 < 16 TN |
15.000 euros |
7.000 euros |
3.000 euros |
N3 > 16 TN |
20.000 euros |
10.000 euros |
5.000 euros |